1. Divulgación de documentos tributarios
Cuando un contribuyente tiene tanto deducciones del IVA como atrasos del IVA que deben ser deducidos, las autoridades tributarias son iguales o superiores al El nivel del condado debe completar el "IVA". El "Aviso de deducción soportada y atrasos del impuesto al valor agregado" (en adelante, el aviso; consulte el formato en el archivo adjunto) se realiza en dos copias, una para el contribuyente y otra para el autoridad fiscal competente.
Dos. Determinación del monto de la deducción
Al deducir los atrasos de impuestos, las deducciones deben realizarse una por una según el momento en que se produjeron los atrasos de impuestos, por orden de llegada. Los atrasos en impuestos incluyen impuestos sobre deudas incobrables y atrasos. Al determinar el monto de la deducción real, la fecha de presentación del aviso se utiliza como fecha límite para calcular el monto de los cargos por pagos atrasados impagos. El saldo de los cargos por pagos atrasados impagos más el saldo de los impuestos impagos es el monto total impago. Si el monto total del impuesto adeudado es mayor que la exención de impuestos final, la deducción real será igual a la exención de impuestos final, y los atrasos de impuestos deducidos y los cargos por pagos atrasados se calcularán de acuerdo con el método de casación si el monto total de; los atrasos son menores que la exención fiscal final, la deducción real será igual al monto total de los atrasos.
3. Procesamiento contable de la contabilidad fiscal
La contabilidad fiscal debe realizar el procesamiento contable del negocio de deducción en función del monto de deducción real estipulado en el aviso. Es decir, de acuerdo con los atrasos de impuestos reales y los cargos por pagos atrasados deducidos antes del 1 de mayo de 20065438, la cuenta "por cobrar" se debita y luego se acredita la cuenta "por amortizar", de acuerdo con el valor agregado real deducido; atrasos de impuestos y cargos por mora, debitar la cuenta "Impuesto a pagar - Impuesto al valor agregado" y acreditar a la cuenta "Impuesto a pagar - Hogar XX - Impuesto al valor agregado".