Las instituciones educativas cooperativas chino-extranjeras con estatus de persona jurídica establecerán un consejo o junta directiva, y las instituciones educativas cooperativas chino-extranjeras sin estatus de persona jurídica establecerán un comité de gestión conjunto. El número de miembros chinos de la junta directiva, consejo o comité de gestión conjunto no será inferior a la mitad. El consejo, consejo de administración o comité de gestión paritaria estará compuesto por más de cinco personas, con un presidente y un vicepresidente, y cada uno tendrá un presidente, un vicepresidente o un director y un subdirector. Si una de las partes de una institución educativa cooperativa chino-extranjera actúa como presidente, presidente o director, la otra parte actuará como vicepresidente, vicepresidente o subdirector. El representante legal de una institución de educación cooperativa chino-extranjera con estatus de persona jurídica se determinará mediante consulta entre los proveedores de educación cooperativa chinos y extranjeros.
De acuerdo con el artículo 11 del "Reglamento de la República Popular China sobre la cooperación chino-extranjera en la gestión de escuelas", las instituciones educativas cooperativas chino-extranjeras deberán tener las siguientes calificaciones: Ley de Educación de la República Popular de China, Ley de Educación Profesional de la República Popular China, Educación Superior Tiene estatus de persona jurídica de acuerdo con las condiciones básicas estipuladas en la Ley de Educación y otras regulaciones administrativas relevantes.