La norma nacional "Condiciones Técnicas Generales para Motos y Ciclomotores Eléctricos" (en adelante "Norma de Motos Eléctricas") fue publicada el 25 de junio de 2009 y entrará en vigor el 1 de enero de 2010. Esta norma denomina motocicletas eléctricas ligeras o motos eléctricas a los vehículos de dos ruedas que pesan más de 40 kilogramos y que circulan a una velocidad superior a 20 kilómetros por hora, y se incluyen en la categoría de vehículos de motor. El Comité Nacional de Administración de Normalización emitió un comunicado la noche del día 6 sobre la situación relevante de los estándares de motocicletas eléctricas, diciendo que los cuatro "estándares de motocicletas eléctricas" y "estándares de bicicletas eléctricas" recientemente aprobados tienen límites claros, y las bicicletas y ciclomotores eléctricos Tienen diferencias obvias. Dos productos con características diferentes.