La Parte A debería tener el propósito subjetivo de poseer ilegalmente el préstamo otorgado por el banco, y utilizó el método de fabricar hechos al banco y a la Parte B en los que reembolsaría el dinero con sinceridad. La Parte B fue engañada. asumiendo la responsabilidad de la garantía y el banco fue engañado. El préstamo se dio a la fuga.
La conducta de la parte A constituye un elemento constitutivo del delito de fraude contractual, y los órganos de seguridad pública iniciarán una causa para su investigación conforme a la ley.
La parte B soportará solidariamente responsabilidad de compensación, y el banco tiene derecho a demandar a la Parte B por el reembolso sin compensación. Capacidad de reembolso
No constituye un delito, pero debe reembolsarse a plazos
Después. La Parte B ha cumplido con sus obligaciones de pago, puede recuperar la compensación de la Parte A después de que la Parte A llegue al caso