Incumplimiento total del contrato: El moroso deberá compensar toda la financiación honorarios del fondo de estudios en el extranjero y pagar el 30% del total de los honorarios de financiación del fondo de estudios en el extranjero.
Incumplimiento parcial del contrato: La persona que incumpla el contrato será indemnizada con el 20% del coste total del fondo de estudios en el extranjero en concepto de indemnización por daños y perjuicios. Los billetes de avión de ida y vuelta aún se pueden proporcionar con la aprobación de la embajada o el consulado.
Es decir, el monto de la compensación = 30 o 20 del monto total de la ayuda financiera recibida por los estudiantes extranjeros patrocinados públicamente, dependiendo del monto total de la ayuda financiera pagada por los estudiantes extranjeros patrocinados públicamente. y el tipo de incumplimiento del contrato.
También puedes optar por posponer o abandonar la escuela. No quieres graduarte con un doctorado sin perder el pellejo. ¡Puedes arrodillarte como quieras!