Procedimiento de certificación de escritura notarial: 1. El solicitante podrá encomendar a un familiar o amigo que acuda al Departamento Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores o a la Oficina de Relaciones Exteriores de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central para realizar los trámites de certificación notarial. 2. El solicitante deberá pagar la tasa de certificación y la tasa de agencia de acuerdo con los procedimientos. 3. Luego de completar los trámites de autenticación del Departamento Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores o de la Oficina de Relaciones Exteriores de cada provincia, región o ciudad, la persona o el Departamento Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores lo enviará a la embajada ( consulado) del país donde se utiliza el certificado notarial para la autenticación.
Objetividad jurídica:
Artículo 47 de las "Reglas de Procedimiento de Notaría" si el documento notarial requiere autenticación consular, la notaría podrá tramitar la escrituración en su nombre de acuerdo con las normas pertinentes. o la encomienda de las partes. Los honorarios requeridos serán pagados por las partes interesadas.