El empleador puede firmar un acuerdo de formación con los trabajadores despedidos y acordar el período de servicio. ¿Qué debo hacer si el contrato laboral vence pero el período de servicio no ha vencido?

Según lo dispuesto en la Ley de Contrato de Trabajo, no existe relación laboral entre el empleador y el despachado. Por tanto, el contrato firmado entre el empleador y el personal enviado no puede equivaler a un contrato de trabajo.

El contrato de trabajo entre la persona despachada y la unidad de despacho no estipula el período de servicio y no existen disposiciones pertinentes en el acuerdo de despacho entre el empleador y la unidad de despacho. Personalmente, creo que a menos que el convenio de formación firmado entre el empleador y el personal despachado estipule claramente que este convenio de formación es parte integrante del contrato de trabajo y está reconocido por la unidad de despacho. De lo contrario, el personal enviado no está obligado por el período de servicio y puede negarse a renovar el contrato laboral una vez vencido.