No registrado en la aduana.

Artículo 14 Las empresas productoras de la zona aduanera deberán registrarse en la aduana y obtener un "Manual de Registro".

Artículo 14 Las empresas productoras en zona franca deberán registrarse en la aduana y obtener los manuales de registro pertinentes.

Por tanto, la falta de registro en la aduana supone la falta de registro en la aduana.