¿Qué significa incumplimiento fundamental de contrato?

1. ¿Qué significa incumplimiento fundamental de contrato?

1. el objeto del contrato; los elementos constitutivos del incumplimiento esencial del contrato son: Los elementos constitutivos del incumplimiento general del contrato, más la imposibilidad de realizar el objeto del contrato por incumplimiento del contrato, tienen el efecto jurídico que cuando uno parte incumple fundamentalmente el contrato, la otra parte puede rescindir el contrato y exigir a la otra parte que asuma la responsabilidad por el incumplimiento del contrato.

2. Base jurídica: Artículo 577 de la "República Popular China y Código Civil"

Si una de las partes incumple sus obligaciones contractuales o no cumple con sus obligaciones contractuales. cumplir con el acuerdo, la parte asumirá la responsabilidad por el incumplimiento del contrato, como continuar realizando, tomar medidas correctivas o compensar las pérdidas.

2. ¿Cuáles son las condiciones que constituyen un incumplimiento esencial del contrato?

Las condiciones que constituyen un incumplimiento fundamental del contrato son las siguientes:

1. Debe existir un hecho de incumplimiento del contrato, que constituye un incumplimiento fundamental del contrato.

2. Las consecuencias del incumplimiento del contrato causan daño a la víctima. El daño aquí debe interpretarse en un sentido amplio y debe abarcar diversas situaciones como pérdida de intereses comerciales, daño a la materia, y pérdida de oportunidades de negocio.

Por ejemplo, si el tiempo es un factor crítico en el contrato y, de ser así, el retraso en la entrega puede constituir un incumplimiento fundamental = si no, no constituye un incumplimiento fundamental. De manera similar, la obligación del vendedor de proporcionar un seguro en condiciones CIF es importante para que el comprador pueda revender las mercancías (especialmente las mercancías en tránsito). Si el comprador no puede revender las mercancías debido al incumplimiento por parte del vendedor de esta obligación, constituirá un incumplimiento esencial. de contrato.

3. La parte infractora sabía de antemano, y una persona igualmente calificada y razonable en la misma situación también habría sabido que se produciría un incumplimiento fundamental del contrato. Es decir, si un moroso o una persona razonable no puede prever las consecuencias graves del incumplimiento dadas las circunstancias, no constituye un incumplimiento esencial del contrato y no será responsable de las consecuencias graves imprevisibles. En términos generales, el moroso debe probar si el moroso o una persona razonable podría haberlo previsto. Es decir, el moroso debe demostrar que su incumplimiento del contrato no constituye un incumplimiento fundamental del contrato. no puede prever tales consecuencias, pero también debe probar que el incumplimiento del contrato no constituye un incumplimiento esencial del contrato. Debe probarse que una persona igualmente calificada y razonable no habría previsto el incumplimiento en la misma situación, de modo que sí lo hace. no constituye un incumplimiento esencial del contrato.