Será severamente sancionado el personal de instituciones públicas que tenga alguna de las siguientes circunstancias: (1) Desempeñar un papel importante en los actos ilegales y disciplinarios de dos o más personas (2) Ocultar, falsificar, destruir pruebas; (3) confabularse con otros para hacer confesiones o impedir que otros denuncien o proporcionen pruebas; (4) proteger a los coacusados; (5) otras circunstancias agravantes estipuladas en las leyes, reglamentos y normas;