2. Para aquellos con más de 35 años de experiencia laboral, el cálculo se basa en el 90%.
3. Si la antigüedad laboral es superior a 30 años pero inferior a 35 años, se computará como el 85%.
4. Si la experiencia laboral es superior a 20 años pero inferior a 30 años, se computará como el 80%. De Legal Express.