Cobertura de seguro de responsabilidad escolar

El alcance de la compensación del seguro de responsabilidad escolar es el siguiente:

1. El seguro de responsabilidad escolar cubre gastos médicos, subsidios de comidas de hospitalización, salarios perdidos de tutores, gastos de nutrición, gastos de enfermería, gastos de transporte, discapacidad y Indemnización por fallecimiento. Gastos funerarios, etc. Si un estudiante cae accidentalmente al suelo y se rompe un hueso debido a un equipo obsoleto durante la clase de educación física en la escuela, la escuela debe asumir la responsabilidad principal. O un extraño irrumpe y causa daño a los estudiantes. En este momento, el seguro de responsabilidad escolar paga los gastos médicos y de hospitalización de los estudiantes.

2. escaleras al caminar, patear Si la pelota gira, no es responsabilidad directa de la escuela sino de los propios estudiantes, y no se realizará ninguna compensación.

Artículo 6 de la Interpretación Judicial sobre Indemnización por Daños Personales: Una persona física, persona jurídica u otra organización que se dedique al alojamiento, restauración, entretenimiento y otras actividades comerciales u otras actividades sociales no cumple con sus obligaciones de protección de la seguridad dentro de un rango razonable, causando daños personales a otros. Si el titular del derecho solicita que asuma la responsabilidad correspondiente por la indemnización por daños, el tribunal popular lo apoyará.

Si el daño es causado por la infracción de un tercero, el tercero infractor será responsable de la indemnización. Si el deudor de la garantía de seguridad tiene culpa, soportará la responsabilidad de indemnización complementaria correspondiente en la medida en que pueda prevenir o detener el daño. Una vez que el deudor de la garantía de seguridad asume la responsabilidad, puede reclamar una indemnización al tercero. Si el titular del derecho de indemnización interpone demanda contra el deudor de la garantía, el tercero será codemandado, salvo que el tercero sea desconocido.

Artículo 7 Las escuelas, jardines de infancia y otras instituciones educativas que tienen la obligación de educar, gestionar y proteger a menores de conformidad con la ley no cumplen con las obligaciones pertinentes en el ámbito de sus funciones, causando daños personales a los menores. o en su defecto Si un adulto causa daño personal a otros, será responsable de la indemnización correspondiente a su culpa.

Si un tercero causa daño personal a un menor por infracción, será responsable de una indemnización. Si las escuelas, jardines de infancia y otras instituciones educativas son culpables, asumirán la responsabilidad adicional correspondiente de indemnización.

Artículo 5: Cuando un titular de derechos de compensación demanda a algunos infractores conjuntos, el tribunal popular agregará a otros infractores conjuntos como coacusados. Si el titular del derecho de indemnización renuncia a la reclamación de indemnización contra algunos de los infractores conjuntos durante la demanda, los otros infractores conjuntos no serán solidariamente responsables de la parte de la indemnización que corresponde al demandado que ha renunciado a la solicitud de indemnización. Si el alcance de la responsabilidad es difícil de determinar, se presume que todos los coautores del daño tienen la misma responsabilidad.

El tribunal popular debe informar al obligante de compensación de las consecuencias legales de renunciar a los derechos del acreedor y especificar las circunstancias de la renuncia a los derechos del acreedor en el documento legal.