Las últimas novedades sobre reforma organizativa y despido de trabajadores temporales

Subjetividad jurídica:

Los trabajadores temporales podrán ser despedidos durante la reforma institucional de las instituciones públicas. Si el contrato de trabajo firmado por los trabajadores temporales expira y el empleador propone no renovar el contrato de trabajo, se dará por terminada la relación laboral entre ambas partes. Objetividad jurídica:

El artículo 58 de la “Ley de Contrato de Trabajo” establece que una unidad de despacho de mano de obra es un empleador a los efectos de esta ley y deberá cumplir con las obligaciones del empleador para con los trabajadores. El contrato de trabajo celebrado entre una unidad de despacho de mano de obra y el trabajador enviado deberá especificar, además de lo previsto en el artículo 17 de esta Ley, el empleador del trabajador enviado, el período de envío, el puesto de trabajo, etc. La unidad de despacho de mano de obra celebrará un contrato laboral de duración determinada de más de dos años con los trabajadores despedidos y pagará la remuneración laboral mensualmente durante el período en que los trabajadores enviados no estén trabajando, la unidad de despacho de mano de obra les pagará; de acuerdo con los estándares de salario mínimo estipulados por el gobierno popular local. Pago mensual.