Los contenidos que los inspectores deben aclarar al preparar los registros de inspección in situ incluyen:

Análisis Legal: Actas de inspección in situ. Su contenido incluye principalmente tres partes: registros de sitio, fotografías de sitio y dibujos de sitio. Los contenidos específicos incluyen:

(1) La hora en que se recibió el informe, la hora y el lugar en que ocurrió o se descubrió el caso, el clima en ese momento y la situación básica del denunciante.

(2) La situación básica del personal de protección en el lugar, el momento de su llegada al lugar y las medidas de protección adoptadas, así como las condiciones descubiertas durante el proceso de protección.

(3) Información básica de participantes y testigos.

(4) La hora de inicio y finalización de los trabajos de inspección y de los procedimientos de inspección.

(5) La ubicación y el entorno circundante de las ruinas, el centro de las ruinas y lugares relacionados, como se vio durante la inspección.

(6) Detalles de las reliquias y huellas del criminal, así como los fenómenos anormales observados en el lugar.

(7) Descripción de las pruebas físicas (incluidos elementos y rastros) y el nombre y cantidad de pruebas documentales; explicar el contenido y la cantidad de fotografías tomadas en el lugar; explicar el tipo y la cantidad de dibujos en el lugar; escena.

Base jurídica: Normas para la investigación in situ de casos penales

Artículo 4 Los órganos de seguridad pública realizarán con prontitud inspecciones e inspecciones en los sitios de casos penales que cumplan con las condiciones para la inspección e inspección. .

Artículo 5 El contenido de la inspección e inspección in situ en casos penales incluye protección in situ, inspección e inspección in situ, investigación in situ, búsqueda y seguimiento in situ, investigación y experimento, análisis in situ, procesamiento in situ, revisión y revisión in situ, etc.

Artículo 6: Las inspecciones in situ y las inspecciones de causas penales serán organizadas por los órganos de seguridad pública. Cuando sea necesario, se podrán designar o contratar personas con conocimientos especializados para realizar inspecciones e inspecciones bajo la organización de investigadores.

La inspección in situ y el personal de inspección de los órganos de seguridad pública se refieren a investigadores que han superado la capacitación profesional y la evaluación de la inspección e inspección in situ por parte de los órganos de seguridad pública y sus agencias enviadas y han obtenido una inspección in situ. y calificaciones de inspección.

Artículo 7 Al realizar inspecciones e inspecciones in situ, los órganos de seguridad pública prestarán atención a proteger la vida, la salud y la seguridad de los ciudadanos y tratarán de evitar o reducir las pérdidas de propiedad.

Artículo 8 La investigación e inspección in situ de las causas penales seguirá los principios de legalidad, seguridad, oportunidad, objetividad, exhaustividad y minuciosidad.

El personal de inspección e inspección in situ deberá cumplir estrictamente con las normas de confidencialidad y no divulgará información relevante en el lugar de los casos penales sin autorización, ni divulgará secretos de estado, secretos comerciales o privacidad personal.