Cirugía:
El primer requisito es que la longitud y el peso no sean inferiores a los siguientes estándares:
(1) Masculino:
Lu Qin, submarino, personal de buques de superficie (incluidos los marines, todos los siguientes son iguales), tropas aerotransportadas, tripulación de tanque, longitud 162 cm (la tripulación del tanque no excede los 175 cm), peso 50 kg.
Buceador, longitud 168 cm (no superior a 185 cm), peso 54 kg.
La longitud y el peso del personal de servicios terrestres de minorías étnicas en zonas remotas se pueden reducir a 158 centímetros y 48 kilogramos, respectivamente.
(2) Hembra: Longitud 158 cm, peso 45 kg.
(3) Aquellos que estén demasiado gordos o delgados serán descalificados.
Artículo 2: Se descalifican defectos de cráneo, fracturas, depresiones, cuerpos extraños intracraneales, etc. causados por traumatismos, secuelas de traumatismo craneoencefálico, malformaciones craneoencefálicas y antecedentes de cirugía craneoencefálica.
Artículo 3: No se califican la rigidez de nuca, la tortícolis que no puede corregirse por uno mismo, el bocio simple de tercer grado y la linfadenitis tuberculosa.
Artículo 4: Enfermedad o lesión ósea, articular, bursa, de vaina tendinosa y sus secuelas, deformidad ósea y articular, luxación habitual, enfermedad crónica de la columna vertebral, dolor crónico en la espalda y en las piernas, sin calificar.
Califican las siguientes condiciones:
(1) Deformidad torácica leve (excepto buceadores); escoliosis leve y joroba que uno mismo puede corregir.
(2) Para las fracturas simples, un año después de la curación, la fractura estará bien reducida y no habrá deterioro funcional ni secuelas.
(3) La enfermedad de Kashin-Beck solo se refiere al agrandamiento de las articulaciones (de los dedos de los pies), sin síntomas subjetivos, sin deterioro funcional, y el personal de tierra está calificado.
Artículo 5: La longitud de los dos miembros inferiores es desigual en más de 2 cm, la distancia entre los cóndilos mediales del fémur en genu varo y la distancia entre el maléolo medial de la tibia en genu valgo excede los 7 cm (más de 4 cm para soldados aerotransportados), o incluso si la distancia entre los cóndilos mediales del fémur excede los 7 cm (para soldados aerotransportados), dentro del rango prescrito pero con marcha anormal, la condición no está calificada.
Artículo 6: Se consideran pies planos con dedos de las manos (pies) mutilados y deformados que afectan la función, pies planos con desaparición completa del arco plantar, callos, callosidades y enfermedad agrietada severa que afecta la caminata de largas distancias. no calificado.
Artículo 7: Tumores malignos, tumores benignos, quistes, cicatrices, cicatrices e inhabilitaciones físicas en diversas partes que afecten la apariencia o función.
Artículo 8: Se descalifican vasculitis, aneurisma, varices graves de miembros inferiores y varicocele.
Artículo 9: Antecedentes de cirugía torácica o abdominal, hernia, prolapso anal, impotencia anal, fisura anal antigua, hemorroides anulares, hemorroides mixtas (diámetro mayor a 0,5 cm o más de dos), inflamación frecuente y sangrado. Las hemorroides internas y externas no están calificadas.
No hay secuelas después de más de medio año de la cirugía de apendicitis, más de un año después de la cirugía de hernia inguinal y hernia femoral, y todo tipo de personal está calificado.
Artículo 10: Son incondicionales la inflamación del aparato genitourinario, la tuberculosis, los cálculos y otras enfermedades o lesiones y sus secuelas, la malformación o subdesarrollo de los órganos reproductores que afecten la función, la criptorquidia, etc.
Las siguientes condiciones califican:
(1) Hidrocele espermático no comunicante leve (no más grande que el testículo no afectado) sin síntomas subjetivos, hidrocele testicular (incluido el testículo, que no es dos veces más grande internamente que el testículo no afectado).
(2) Hidrocele comunicante, sin recurrencia ni secuelas durante más de un año tras la curación quirúrgica.
(3) Pequeños nódulos del cordón espermático y epidídimo (no más de dos, menos de 0,5 cm de diámetro) sin dolor a la palpación ni síntomas subjetivos.
Artículo 11 Olor de axila, tiña de la cabeza, tiña corporal generalizada, sarna, eccema crónico, sarampión crónico, neurodermatitis, vitíligo, psoriasis, contacto estrecho con leprosos infecciosos Antecedentes médicos (sexo y vida) y otros contagiosos o Las enfermedades de la piel difíciles de tratar, los nevos vasculares y los nevos pigmentados que afectan el rostro no están calificados.
Las siguientes condiciones califican:
(1) Olor leve en las axilas (excepto para submarinos, personal de buques de superficie, buzos y tripulaciones de tanques).
(2) Neurodermatitis localizada (no más de 3 cm de diámetro), vitíligo aislado y disperso (en ropa de verano
partes no expuestas), tiña versicolor, tiña crural, leve Trate la tiña de las manos (pies), dedos de las manos (pies) y sabañones.
Artículo 12: No están calificadas las personas con gonorrea, sífilis, chancroide y linfogranuloma venéreo, uretritis no gonocócicas, verrugas genitales, SIDA y portadores de virus.
Medicina Interna:
Artículo 13 Si la presión arterial excede el siguiente rango, el paciente queda descalificado.
Presión arterial sistólica: 12,00--18,66 kPa (96--140 mm Hg)
Presión arterial diastólica: 8,0--11,46 kPa (60--86 mm Hg) ) .
Artículo 14: Se descalifican las enfermedades orgánicas del corazón y de los vasos sanguíneos.
Se califican las siguientes condiciones:
(1) Auscultación en decúbito supino, se confirma que el soplo sistólico es fisiológico mediante auscultación repetida después de cambiar de posición, y el paciente está calificado .
(2) Contracciones prematuras ocasionales, no más de tres veces por minuto, y sin enfermedad cardíaca.
(3) Frecuencia cardíaca entre 56 y 110 latidos por minuto.
Los tres elementos anteriores deben controlarse estrictamente para los buzos, las tropas aerotransportadas y los reclutas que hayan entrado en zonas de meseta.
Artículo 15: No calificarán la bronquitis crónica, el asma bronquial, la tuberculosis, la pleuresía tuberculosa y otras enfermedades respiratorias crónicas.
Se califican las siguientes condiciones:
(1) Puntos de calcificación aislados y dispersos, el número es inferior a 3, el diámetro no supera los 0,5 cm, la densidad es alta, Los bordes son claros y no hay infiltración a su alrededor.
(2) La mejora de la textura pulmonar no excede la zona media, es pequeña en número, delgada, distribuida uniformemente y no tiene distorsión.
Artículo 16: Se descalifican las enfermedades del estómago, duodeno, hígado, vesícula biliar, bazo y páncreas, la disentería bacilar, la enteritis crónica, la ptosis visceral y las masas abdominales.
Se califican las siguientes condiciones:
(1) Posición supina, respirando tranquilamente, hígado palpable a no más de 1,5 cm por debajo del margen costal en la línea medioclavicular derecha (no más de 3 cm por debajo de la apófisis xifoides), suave, delgada, lisa, sin sensibilidad ni dolor a la percusión, el límite superior del hígado está dentro del rango normal, sin anemia y el estado nutricional es bueno
(2) Tenía Virus de la hepatitis A hace cinco años, sin recurrencia después de la curación, sin síntomas ni signos.
(3) Personas que han tenido agrandamiento del bazo causado por malaria, esquistosomiasis o kala-azar en el pasado, no más de 1 cm por debajo del margen costal izquierdo, sin síntomas subjetivos, sin anemia y en buen estado. estado nutricional.
(4) Se tocan el hígado y el bazo al mismo tiempo, se cumplen los dos puntos anteriores (1) y (3) y el personal de tierra y las tropas aerotransportadas están calificados.
Artículo 17: Para las pruebas de función hepática y antígeno de superficie de la hepatitis B, serán descalificados quienes presenten alguna de las siguientes condiciones.
(1) El método de King modificado con alanina aminotransferasa es de más de 180 unidades o el método de Wright es de más de 40 unidades.
(2) El método de King modificado con alanina aminotransferasa es superior a 130 unidades o el método de Wright es superior a 25 unidades, acompañado de una prueba de turbidez de timol superior a 6 unidades o una prueba de turbidez de sulfato de zinc superior a 12 unidades.
(3) El título de hemaglutinación pasiva inversa del antígeno de superficie de la hepatitis B es superior a 1:16.
Artículo 18: No calificarán las enfermedades del sistema urinario, sanguíneo, endocrino y metabólico, ni las enfermedades del tejido conectivo.
Artículo 19 Anquilostomiasis (acompañada de anemia), malaria crónica, esquistosomiasis, kala-azar, disentería amebiana, filariasis, no calificada, filariasis curada durante más de medio año, malaria, kala-azar, esquistosomiasis, la disentería amebiana y la leptospirosis se han curado desde hace más de dos años sin secuelas, el estado general es bueno, pueden soportar trabajos físicos pesados y están calificados.
Artículo 20: No están calificados quienes tengan antecedentes de epilepsia, enfermedad mental, sonambulismo, coma, neurosis, retraso mental y enuresis.
Se califican las siguientes condiciones:
(1) Trastorno mental de corta duración causado por intoxicación alimentaria o farmacológica, sin secuelas tras la curación.
(2) No se ha producido enuresis después de los trece años.
Artículo 21: Se descalifican las enfermedades del sistema nervioso central y del sistema nervioso periférico y sus secuelas.
Artículo 22: La tartamudez conducirá al fracaso.
La tartamudez leve (dos palabras repetidas dos veces en una frase), excepto en el caso del personal de submarinos, buzos y tripulaciones de tanques, está calificada.
Departamento de Oído, Nariz y Garganta:
Artículo 23: Pérdida del olfato, sin calificar.
Olfato lento, todo tipo de personal está cualificado (excepto soldados de defensa química).
Artículo 24: Escuchar, susurrar a menos de 5 metros de cada lado es incondicional.
Un lado susurra 5 metros, el otro lado no menos de 3 metros y el personal de tierra está calificado.
Artículo 25: Vértigo, cinetosis severa, mareo, descalificación.
Para mareos leves y mareos, el personal de tierra debe estar cualificado.
Artículo 26: Se descalifican la deformidad del pabellón auricular, la atresia del conducto auditivo externo, la fístula preauricular inflamada de repetición, el eczema del pabellón auricular y del conducto auditivo externo, o la otomicosis.
Otomicosis leve, cuadrillas terrestres están calificadas.
Artículo 27: No se califican la perforación del tímpano, la otitis media supurativa, la mastoiditis y otras enfermedades del oído de difícil tratamiento.
Invaginación de la membrana timpánica, adhesión de la membrana timpánica, atrofia, cicatrización y deposición calcárea, tripulaciones de tierra, personal de buques de superficie y tripulaciones de tanques están calificados.
La membrana timpánica está ligeramente invertida, la cicatriz de la membrana timpánica o el depósito de cal no excede un tercio de la membrana timpánica, la función de presión del oído y el movimiento de la membrana timpánica son buenos, y el personal submarino y las tropas aerotransportadas están calificado.
Artículo 28: No se califican la deformidad nasal, la sinusitis paranasal crónica, la rinitis hipertrófica severa, la rinitis atrófica, los pólipos nasales, los cambios polipoideos del cornete medio y otras enfermedades nasales crónicas que afecten la función nasal.
La hipertrofia del cornete medio que no afecta el drenaje de los senos paranasales, una pequeña cantidad de secreciones mucopurulentas en el conducto nasal medio y la rinitis atrófica leve están calificadas para tripulaciones terrestres, tropas aerotransportadas y tanques. tripulaciones.
Artículo 29: No se califican las amigdalitis crónicas, las enfermedades faríngeas y laríngeas que afecten las funciones de deglución y pronunciación y sean de difícil curación.
Oftalmología:
Artículo 30: Se descalifica la visión por debajo de los siguientes estándares:
(1) Personal de tierra: agudeza visual no corregida de ojo derecho 4.9, ojo izquierdo Agudeza visual desnuda 4.8.
(2) Cada visión a simple vista de submarinos, personal de buques de superficie, buzos, tropas aerotransportadas y tripulaciones de tanques es 5.0.
La agudeza visual de los egresados de secundaria, bachillerato vocacional y secundaria técnica se puede relajar a 4,9.
Artículo 31: Visión anormal de los colores y descalificación.
Aquellos que pueden identificar los colores rojo, verde, amarillo, azul y morado están calificados como miembros del personal de tierra.
Artículo 32: Se descalifican las enfermedades de los párpados, márgenes palpebrales, conjuntiva y aparato lagrimal que afecten la función ocular.
El pseudopterigión, que no penetra más de 2 mm en la córnea, es un aprendiz militar cualificado.
Artículo 33: Protosis, nistagmo, enfermedad de los músculos oculares, inhabilitación.
***La esotropía y exotropía entre personas del mismo sexo están dentro de los 15 grados y los aprendices terrestres están calificados.
Artículo 34: Se descalifican las enfermedades de la córnea, esclerótica, iris y cuerpo ciliar, la deformación pupilar y los trastornos del movimiento.
Para la opacidad corneal que no afecta a la visión, se encuentra todo tipo de personal cualificado.
Artículo 35: Se descalifican las enfermedades del cristalino, cuerpo vítreo, coroides, nervio óptico y glaucoma.
Pocas opacidades congénitas dispersas en el cristalino, se encuentra todo tipo de personal cualificado.
Departamento de Odontología:
Caries dental de grado treinta y seis, falta de más de dos dientes seguidos y falta de más de tres dientes, enfermedad de las articulaciones de la mandíbula, enfermedad periodontal grave Enfermedades orales que; afectan la función masticatoria no están calificados.
Artículo 37: Incisivos, caninos y premolares defectuosos, sobremordida superior a 0,5 cm, mordida abierta superior a 0,3 cm, compuesta profunda superior a dos tercios, mordida cruzada y dentición desigual, enfermedad periodontal leve, submarinistas no calificados y. diversos.
Se califican las siguientes condiciones:
(1) Los tres y cuatro dientes de los lados superior e inferior muerden con una separación de 0,3 cm.
(2) Falta el incisivo y funciona bien después de haber sido reparado con una prótesis fija.
(3) Los dientes incisivos individuales son desiguales o se superponen.
(4) Mordida cruzada de incisivos laterales superiores que no afecta a la oclusión.
Artículo 38: Se descalifican las paperas crónicas y el quiste de la glándula parótida.
Ginecología:
Artículo 39: Desarrollo anormal de los genitales externos, sangrado uterino funcional, tuberculosis de órganos reproductores, masa, enfermedad inflamatoria pélvica crónica, sin calificar.
Artículo 40: Todas las etapas del embarazo son incalificables.