Por supuesto. Siempre que los estudiantes universitarios alcancen la edad laboral estipulada en la legislación laboral, cumplan con las calificaciones en materias de relaciones laborales y tengan las habilidades de comportamiento y responsabilidad para establecer relaciones laborales con el empleador, pueden firmar un contrato laboral con la empresa. Cuando un estudiante acude a un empleador para realizar unas prácticas, no se considera empleo. No se ha establecido ninguna relación laboral y no se requiere contrato laboral.
Objetividad jurídica:
Ley de Contrato de Trabajo
Artículo 10
Para establecer una relación laboral se debe celebrar un contrato de trabajo por escrito.
Si se ha establecido una relación laboral pero al mismo tiempo no se ha celebrado un contrato laboral escrito, el contrato laboral escrito deberá celebrarse dentro de un mes a partir de la fecha de empleo.
Si el empleador y el empleado celebran un contrato de trabajo antes del empleo, la relación laboral se establece a partir de la fecha del empleo.
Ley de Contrato de Trabajo
Artículo 16
El contrato de trabajo será pactado entre el empleador y el trabajador mediante negociación, y deberá ser firmado o sellado por el empleador y el empleado entrará en vigor después de la firma del texto del contrato de trabajo.
El texto del contrato de trabajo lo ostentan tanto el empresario como el trabajador respectivamente.