Si eres admitido en una universidad ordinaria, puedes dar por terminada la misma unilateralmente. Si figura como no considerado un incumplimiento de contrato o no responsable por incumplimiento de contrato, no hay necesidad de soportar daños y perjuicios.
Si una de las partes incumple el cumplimiento de las deudas no dinerarias o el cumplimiento de las deudas no dinerarias no se ajusta a lo pactado, la otra parte podrá exigir el cumplimiento, salvo en una de las siguientes circunstancias: 1. Imposible de cumplir de hecho o de derecho;
2. El objeto de la deuda no es apto para el cumplimiento obligatorio o el coste del cumplimiento es demasiado elevado;
3. desempeño dentro de un tiempo razonable.