Artículo 1: Para proteger los derechos e intereses legítimos de las minorías étnicas dispersas y mantener y desarrollar relaciones étnicas socialistas de igualdad, unidad , asistencia mutua y armonía, de conformidad con la Constitución y las leyes y reglamentos pertinentes, estos reglamentos se formulan con base en la situación real de la provincia.
Artículo 2 Este reglamento se aplicará a la protección de los derechos e intereses de las minorías étnicas que viven fuera de áreas étnicas autónomas dentro de la región administrativa de esta provincia y de las minorías étnicas que viven en áreas étnicas autónomas pero sin autonomía regional.
Artículo 3 El departamento de asuntos étnicos del gobierno popular a nivel de condado o superior estará a cargo de los asuntos de las minorías étnicas dispersas dentro de su propia región administrativa, y otros departamentos relevantes harán un buen trabajo en el trabajo relacionado con las minorías étnicas dispersas de conformidad con sus respectivas responsabilidades.
Los gobiernos municipales y las oficinas subdistritales deben llevar a cabo trabajos con las minorías étnicas dispersas dentro de sus respectivas jurisdicciones basándose en las condiciones reales.
Artículo 4 Al preparar los presupuestos, los gobiernos populares a nivel de condado o superior asignarán fondos para el trabajo con las minorías étnicas dispersas, que serán utilizados por el departamento de asuntos étnicos para llevar a cabo el trabajo con las minorías étnicas dispersas.
Artículo 5 Los gobiernos populares en todos los niveles organizarán y llevarán a cabo actividades para crear unidad y progreso nacional, cultivar y establecer modelos avanzados de unidad y progreso nacional, y proporcionar las garantías de financiación necesarias para el trabajo de creación.
Cada marzo del calendario lunar es el Mes Provincial de la Unidad Nacional y la Publicidad del Progreso. Los gobiernos populares en todos los niveles deben llevar a cabo diversas formas de actividades de publicidad de la unidad nacional y el progreso. Las agencias estatales, empresas, instituciones y grupos sociales deben fortalecer la publicidad y educación de las leyes, regulaciones y políticas nacionales, aumentar la conciencia sobre la identidad nacional china y promover la unidad y el progreso nacionales.
Artículo 6 Las asambleas populares de los pueblos, ciudades y condados donde las minorías étnicas viven en comunidades concentradas tendrán un número apropiado de representantes de las minorías étnicas.
Los gobiernos populares de las ciudades donde las minorías étnicas viven en comunidades concentradas deberían estar equipados con una cierta proporción de cuadros de minorías étnicas.
En las ciudades donde las minorías étnicas viven en grandes concentraciones, los comités permanentes del Congreso Popular y los gobiernos populares deberían contar con cuadros de minorías étnicas.
Las “ciudades habitadas por minorías étnicas” como se mencionan en estas regulaciones se refieren a las ciudades de Yanglan, Nanfeng y Yaxing en la ciudad de Danzhou, y a Changfeng, Liji, Nanqiao y Sanluo en Wanning. City, Beida Town, Huishan Town en la ciudad de Qionghai y Nankun Town en la ciudad de Tunchang disfrutan del tratamiento de municipios étnicos de acuerdo con las regulaciones.
Artículo 7 Los gobiernos populares de las ciudades y condados de las provincias y pueblos donde viven minorías étnicas en áreas concentradas organizarán a maestros, personal científico y tecnológico, personal médico y otro personal profesional y técnico para trabajar en ciudades donde Las minorías viven regularmente en áreas concentradas. Durante el período de trabajo en ciudades y pueblos donde conviven minorías étnicas, excepto en la unidad de despacho, se debe garantizar que los salarios y beneficios que disfrutan se mantengan sin cambios y se debe brindar la atención adecuada a sus condiciones de vida.
Fomentar a cuadros y profesionales de otras regiones a trabajar en ciudades donde conviven minorías étnicas.
Artículo 8 Al organizar pagos de transferencias generales y pagos de transferencias especiales relacionados con políticas étnicas, los departamentos financieros provinciales deben considerar el desarrollo económico de los pueblos y aldeas de minorías étnicas y brindar el apoyo adecuado a las ciudades y condados donde están ubicados. . Los gobiernos populares de las ciudades y condados donde se ubican pueblos de minorías étnicas deben asignar los fondos necesarios para apoyar el desarrollo económico de los pueblos de minorías étnicas.
Los gobiernos populares de las ciudades y condados de las provincias y pueblos donde las minorías étnicas viven en áreas concentradas deben ayudar a las minorías étnicas en los pueblos donde las minorías étnicas viven en áreas concentradas a mejorar su producción y sus condiciones de vida, y apoyar infraestructura como abastecimiento de agua, vías de acceso, suministro de energía, comunicaciones y renovación de construcciones en ruinas.
Artículo 9 Los gobiernos populares de las provincias, ciudades y condados donde viven minorías étnicas en áreas concentradas ayudarán a las ciudades donde viven minorías étnicas en áreas concentradas a desarrollar industrias agrícolas, fortalecer la construcción de infraestructura de conservación de agua en tierras agrícolas, promover organizaciones cooperativas profesionales para agricultores, y apoyan y guían a las minorías étnicas de la diáspora a desarrollar vigorosamente la agricultura tropical de alta eficiencia, la agricultura ecológica, la agricultura circular y la agricultura de ocio para aumentar sus ingresos. Al organizar proyectos y fondos para la construcción de capital agrícola, se prestará atención a las ciudades y aldeas de minorías étnicas.
Artículo 10 Los gobiernos populares de las provincias, ciudades y condados donde estén ubicadas ciudades de minorías étnicas incluirán el turismo en las ciudades de minorías étnicas en los planes de desarrollo turístico, apoyarán la protección y el desarrollo racional de los recursos turísticos en las ciudades de minorías étnicas, y fortalecer la construcción de infraestructura turística.
Los gobiernos populares de las provincias, ciudades y condados donde las minorías étnicas viven en áreas concentradas deben planificar y construir razonablemente aldeas (pueblos) con características étnicas en los pueblos donde las minorías étnicas viven en áreas concentradas y aprovechar al máximo el turismo local. recursos naturales, desarrollar paisajes tropicales y características étnicas, proyectos y productos turísticos, y acelerar el desarrollo del turismo rural, el turismo de ocio y el turismo popular.
Artículo 11 Los gobiernos populares de las provincias, ciudades y condados donde estén ubicadas ciudades habitadas por minorías étnicas aumentarán la inversión y los pagos de transferencia para la protección ecológica en las ciudades habitadas por minorías étnicas y en las ciudades habitadas por minorías étnicas que contribuir a la protección del medio ambiente ecológico Proporcionar una compensación razonable.
Artículo 12 El Gobierno Popular Provincial ayudará a las minorías étnicas dispersas a desarrollar la educación, aumentará la inversión en educación en las ciudades donde viven juntas las minorías étnicas y en las ciudades y condados donde se encuentran, y eximirá a los estudiantes de las minorías étnicas dispersas. de estudiar de acuerdo con las regulaciones nacionales y provinciales pertinentes Proporcionar subsidios para los gastos pertinentes proporcionar políticas preferenciales para aumentar los puntos del examen de ingreso a la universidad para los candidatos de minorías étnicas en las áreas urbanas y adoptar diversas formas para fortalecer la capacitación; de docentes de minorías étnicas dispersas para mejorar sus niveles de enseñanza.
Artículo 13 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior concederán gran importancia al desarrollo de la seguridad social para las minorías étnicas dispersas, establecerán y mejorarán los mecanismos de asistencia y seguridad social y mejorarán el sistema de seguridad social. Al organizar los fondos de subsidio de la seguridad social, se prestará atención a las ciudades de minorías étnicas.
Artículo 14 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior ayudarán a las minorías étnicas dispersas a desarrollar servicios médicos y de salud y aumentarán la inversión en servicios médicos y de salud en las ciudades donde las minorías étnicas viven juntas. Apoyar activamente el desarrollo de un seguro médico básico para los residentes urbanos y rurales, implementar un seguro médico básico para las minorías étnicas dispersas, mejorar el nivel de seguridad médica, fortalecer la prevención y el tratamiento de enfermedades endémicas y frecuentes y organizar al personal médico para que lleve regularmente clínicas, asistencia médica y otras actividades gratuitas en ciudades de minorías étnicas.
Artículo 15 Los gobiernos populares de todos los niveles apoyarán a las siguientes empresas en el desarrollo de la producción, y los departamentos pertinentes proporcionarán políticas preferenciales en materia de inversión, finanzas e impuestos de acuerdo con las regulaciones, y brindarán consultas de información, introducción de talentos, tecnología transformación y servicios, etc. Ayuda y apoyo:
(1) Empresas establecidas en ciudades donde conviven minorías étnicas;
(2) Empresas con más del 30% de empleados de etnias minorías;
(3) Empresas de producción designadas o empresas comerciales étnicas determinadas por el estado para servir principalmente a minorías étnicas;
(4) Empresas relevantes que el gobierno popular en o por encima del condado el nivel que considere debe ser apoyado.
Artículo 16 El gobierno popular provincial determinará las ciudades clave para el trabajo étnico urbano en función del número y la distribución de la población de minorías étnicas urbanas; el gobierno popular urbano determinará las calles y ciudades clave para el trabajo étnico urbano; en función de las condiciones locales.
Los gobiernos de los pueblos urbanos deben fortalecer el trabajo étnico urbano, establecer y mejorar los sistemas de gestión de servicios de las minorías étnicas urbanas y satisfacer las necesidades de producción y de vida de las minorías étnicas.
Los departamentos pertinentes del Gobierno Popular Municipal brindarán apoyo al personal extranjero de minorías étnicas que ingresa a esta ciudad para establecer empresas y participar en otras actividades comerciales legales.
Los gobiernos populares provinciales y municipales deben fortalecer el trabajo étnico urbano en ciudades clave, calles clave y comunidades clave desde aspectos como el liderazgo organizacional, la fuerza laboral, la garantía de financiamiento y la valoración y evaluación.
Artículo 17 Los gobiernos populares en todos los niveles deben fortalecer la integración de los recursos de información sobre la población flotante de minorías étnicas dispersas, construir plataformas de información de gestión de servicios, mejorar los mecanismos de trabajo y promover la institucionalización y estandarización del trabajo étnico urbano. ; establecer un modelo de servicio de gestión de red basado en calles, comunidades, empresas, instituciones y grupos sociales que promueva la socialización del trabajo étnico.
Artículo 18 Los gobiernos populares en todos los niveles tomarán medidas para proporcionar habilidades vocacionales y capacitación técnica práctica a las minorías étnicas dispersas, alentar a las minorías étnicas dispersas a encontrar empleo e iniciar negocios, y brindar apoyo de acuerdo con las normas nacionales y nacionales pertinentes. normativa provincial.
Artículo 19 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior fortalecerán la construcción de sistemas de servicios culturales públicos para las minorías étnicas dispersas, apoyarán a las minorías étnicas dispersas en el establecimiento y mejora gradual de instalaciones culturales públicas y llevarán a cabo actividades culturales y deportivas. actividades con características étnicas.
Artículo 20: Las agencias, empresas, instituciones y grupos sociales estatales no se negarán a reclutar o emplear a ciudadanos de minorías étnicas por motivos de creencias, costumbres y hábitos religiosos.
El artículo 21 prohíbe la discriminación y el insulto a las minorías étnicas en forma de palabras, lenguaje, imágenes, espectáculos de danza, etc. en publicaciones, radio, películas, televisión, Internet, productos de audio y vídeo y teatro. actuaciones.
El diseño de productos, la publicidad, las exposiciones, los carteles diversos, las costumbres, la etiqueta, el entretenimiento, las celebraciones y otras actividades no deben contener contenidos o comportamientos que discriminen o insulten a las minorías étnicas.
Las violaciones de las disposiciones de los párrafos 1 y 2 de este artículo serán tratadas por los departamentos competentes, como los de industria y comercio, prensa y publicaciones y seguridad pública. Se les debe ordenar que cesen las actividades ilícitas de acuerdo con sus respectivas competencias y se les impongan sanciones administrativas conforme a la ley; si se constituye un delito, se investigará la responsabilidad penal conforme a la ley;
Artículo 22: Si los gobiernos populares en todos los niveles y departamentos relevantes violan estas regulaciones, no cumplen con sus deberes de acuerdo con la ley y dañan los derechos e intereses legítimos de las minorías étnicas, criticarán y educarán. los responsables principales y los responsables directos, y efectuar las correcciones dentro de un plazo o se impondrán sanciones administrativas, si se constituyere un delito, la responsabilidad penal se perseguirá conforme a la ley;