No pudo firmar un contrato laboral ni participar en el seguro social.

Según la normativa nacional, la empresa debe pagar el seguro social desde el primer día de empleo, por lo que el seguro debe pagarse desde el primer día de empleo. En cuanto a los salarios, usted y la empresa han establecido una relación laboral de facto y no han firmado un contrato laboral, por lo que deben pagar el doble de salario.

Al acudir al arbitraje, puede solicitar un doble empleo y un seguro social (incluido un seguro de pensión, un seguro médico, un seguro de desempleo, un seguro de maternidad y un seguro contra accidentes laborales), pero debe proporcionar pruebas de su experiencia real. trabajo al departamento de arbitraje, como su situación de asistencia, su talón de pago válido, etc. De lo contrario, la empresa hará un gran escándalo sobre las relaciones laborales si no puede proporcionar pruebas con el tiempo.