Medidas de la Provincia de Hebei para la Implementación de la "Ley de la República Popular China sobre la Protección de Menores" (revisada en 2010)

Artículo 1 Estas medidas se formulan de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 2 del artículo 55 de la "Ley de la República Popular China sobre la Protección de Menores" y a la luz de la situación real de esta provincia. Artículo 2 El término "menores" mencionado en estas Medidas se refiere a los ciudadanos menores de 18 años que viven, residen temporalmente y entran en esta provincia. Artículo 3 El Estado, la sociedad, las escuelas y las familias protegerán los derechos e intereses legítimos de los menores, respetarán la dignidad personal de los menores, se adherirán al principio de combinar educación y protección basada en las características del desarrollo físico y mental de los menores, y educarán los menores a amar y amar a la patria, amar al pueblo, amar el trabajo, amar la ciencia y amar el socialismo, para que puedan convertirse en ciudadanos con ideales, moral, cultura y disciplina. Artículo 4 La protección de los menores es responsabilidad común de toda la sociedad.

Los gobiernos populares en todos los niveles deben tomar medidas organizativas para coordinar los departamentos pertinentes para proteger a los menores.

* * *La Liga de la Juventud Comunista, la Federación de Mujeres, los Sindicatos, la Federación de Jóvenes, la Federación de Estudiantes, los Jóvenes Pioneros y otras organizaciones sociales relevantes ayudarán a los gobiernos populares en todos los niveles a proteger a los menores. Artículo 5 Los padres u otros tutores y maestros de escuela educarán a los menores para prevenir y detener los siguientes comportamientos:

Conducir camiones, abandonar la escuela, holgazanear o no regresar por la noche;

(2 ) Obstrucción del orden público y de la salud pública;

(3) Daños a instalaciones públicas y bienes públicos y privados;

(4) Tabaquismo, alcoholismo y fraude;

(5) Pelear, insultar a otros, portar cuchillos, pistolas y otros instrumentos y artículos que puedan causar daño a las personas;

(6) Apuestas y robos;

(7) Drogas abuso, prostitución, Prostitución;

(8) Leer, escuchar o mirar libros, periódicos, productos de audio y video, radio, películas, programas de televisión y representaciones teatrales que promuevan la pornografía, la obscenidad, el asesinato, el terror y otros contenidos nocivos para la salud;

(9) Participar en actividades supersticiosas feudales u organizaciones ilegales;

(10) Otras violaciones de la moral social o la disciplina y la ley. Artículo 6 Se prohíbe a los menores realizar los siguientes actos:

(1) Ahogamiento, abandono, compraventa, hurto y robo de infantes;

(2) Insultos, calumnias y discriminación;

(3) Abuso, castigo corporal o daño;

(4) Dificultar o negar la admisión de menores que deberían recibir educación obligatoria, expulsar arbitrariamente a menores estudiantes, permitir u obligar a estudiantes menores de edad que no hayan completado la educación obligatoria a abandonar la escuela, dejar la escuela para trabajar o dedicarse a negocios;

(5) Permitir u obligar a menores a comprometerse o casarse;

(6) Instigar, obligar a menores a fumar, beber alcohol, pelear, apostar, robar, mendigar, consumir drogas, ejercer la prostitución o prostituirse;

(7) Inculcar supersticiones feudales en menores, difundir libros, fotografías, vídeos u otros materiales obscenos;

(8) Otros comportamientos que perjudiquen la salud física y mental de menores. Artículo 7 Las escuelas y jardines de infancia se preocuparán por la salud de los estudiantes y niños menores de edad y crearán las condiciones necesarias de atención médica para los estudiantes y niños. Las escuelas secundarias, jardines de infancia, escuelas secundarias y escuelas primarias cualificadas deben instalar clínicas y estar equipadas con personal médico o profesores de salud de acuerdo con las normas. Las escuelas deben establecer clases de salud, llevar a cabo periódicamente prevención y tratamiento masivo de enfermedades comunes y frecuentes entre los estudiantes menores de edad y garantizar que los estudiantes tengan tiempo para descansar, entretenerse, practicar deportes y realizar actividades extracurriculares. No se permite que las escuelas y los jardines de infancia se apropien de sus instalaciones y lugares de enseñanza para otros fines; no se permite que se lleven a cabo actividades docentes y educativas en lugares peligrosos.

Las escuelas deben tomar precauciones de seguridad al organizar a estudiantes menores de edad para participar en actividades de estudio y trabajo y prácticas sociales. No se organizarán trabajos tóxicos, nocivos, peligrosos o inadecuados. Artículo 8 Las escuelas y los jardines de infancia, en violación de las regulaciones nacionales, no cobrarán ni distribuirán tarifas arbitrariamente a estudiantes y niños menores de edad, no utilizarán ninguna excusa para permitir que los estudiantes menores de edad recauden fondos o presten dinero a estudiantes menores de edad, soliciten o acepten obsequios o; propiedad no utilizará ninguna excusa para vender bienes a estudiantes y niños menores de edad; no se impondrán multas a estudiantes y niños menores de edad que violen las disciplinas;

Ninguna unidad o individuo podrá permitir que estudiantes menores de edad participen en trabajos administrativos tales como planificación familiar, compra de granos y algodón, y recaudación y pago de fondos en cualquier forma o excusa. Artículo 9 Los gobiernos populares de todos los niveles incorporarán los proyectos de construcción de instalaciones para menores en los planes de desarrollo económico y social de sus respectivas regiones administrativas, los incluirán en el presupuesto fiscal y dispondrán los fondos necesarios para la construcción.

Los gobiernos populares en todos los niveles deben establecer y mejorar gradualmente lugares para las actividades juveniles y crear un buen ambiente educativo.

Está prohibido que cualquier unidad o individuo se apropie indebidamente, ocupe, destruya o contamine los lugares e instalaciones de actividades de menores. Artículo 10 Los museos, salones conmemorativos, museos de ciencia y tecnología, centros culturales, estadios (lugares), zoológicos, parques y otros lugares deben estar abiertos a los niños en edad preescolar de forma gratuita y los estudiantes de escuelas primarias y secundarias pueden disfrutar de descuentos a mitad de precio o entrada gratuita; con sus tarjetas de identificación de estudiante o certificados escolares. Artículo 11 Los siguientes lugares deben colocar carteles de "Prohibida la entrada a menores" para prohibir la entrada a menores:

(1) Salas comerciales de canto y baile, salas de juegos electrónicos, salas de karaoke, clubes nocturnos, bares, All- salas de cine nocturnas;

(2) Lugares que proyectan o presentan películas (incluidas películas láser), vídeos y otros programas de entretenimiento que no son adecuados para que los vean menores;

(3) Otros lugares que no sean aptos Lugares donde ingresan menores de edad.

Si resulta difícil determinar si un menor es menor de edad, el personal de los lugares mencionados anteriormente tiene derecho a solicitar una identificación.