Medidas de gestión de la biblioteca pública provincial de Henan

Artículo 1 Con el fin de fortalecer la construcción y gestión de bibliotecas públicas, satisfacer las necesidades de conocimiento científico y cultural del pueblo y promover la construcción de la civilización material y la civilización espiritual socialistas, estas Medidas se formulan de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes y en conjunto con las condiciones actuales de nuestra provincia. Artículo 2 El término "biblioteca pública", tal como se menciona en estas Medidas, se refiere a una instalación cultural de bienestar público establecida por el gobierno y abierta al público, responsable de la recopilación, disposición, almacenamiento y utilización de recursos literarios, incluidas bibliotecas para niños y adolescentes. . Artículo 3 Los departamentos administrativos culturales a nivel de condado o superior son los departamentos competentes de las bibliotecas públicas dentro de sus respectivas regiones administrativas.

Los departamentos pertinentes de los gobiernos populares a nivel de condado o superior deberán, de acuerdo con sus respectivas responsabilidades, hacer un buen trabajo en la construcción y gestión de bibliotecas públicas. Artículo 4 Las bibliotecas públicas implementarán un sistema de responsabilidad del director. Según las normas pertinentes, el curador debe tener los títulos profesionales correspondientes y el personal debe tener calificaciones laborales. Artículo 5 La distribución, el número y la escala de las bibliotecas públicas se optimizarán de acuerdo con el desarrollo económico y social nacional, la distribución de la población local y las necesidades de desarrollo de las bibliotecas. Los gobiernos populares en todos los niveles deben incorporar la construcción y el desarrollo de bibliotecas públicas en los planes de desarrollo social y económico y en los planes urbanos generales.

El área de construcción y los asientos de lectura de las bibliotecas públicas deberán cumplir con las regulaciones nacionales pertinentes. Artículo 6 El terreno para la construcción de bibliotecas públicas será asignado por el departamento de gestión de terrenos con la aprobación del gobierno popular a nivel de condado o superior. Artículo 7 El diseño de una nueva biblioteca pública debe garantizar las funciones científicas y prácticas de la biblioteca pública y facilitar el uso público. Artículo 8 Los edificios, equipos y recursos literarios de las bibliotecas públicas están protegidos por la ley y ninguna unidad o individuo podrá dañarlos o apropiarse de ellos.

Ninguna unidad o individuo puede cambiar el propósito de un edificio de biblioteca pública sin autorización. Artículo 9: Los fondos para las bibliotecas públicas serán asignados por los gobiernos en todos los niveles a partir de las tarifas de las empresas culturales y se incrementarán adecuadamente en función del desarrollo de las bibliotecas públicas y los recursos financieros locales.

Las tarifas de adquisición de documentos para las bibliotecas públicas deben enumerarse por separado y no deben malversarse.

Alentar a unidades e individuos nacionales y extranjeros a donar fondos, documentos y equipos a bibliotecas públicas. Artículo 10 Las bibliotecas públicas deben fortalecer la automatización, la creación de redes y la construcción digital, mejorar las capacidades de procesamiento, almacenamiento y transmisión de información y mejorar la eficiencia del trabajo y la calidad del servicio de las bibliotecas públicas. Artículo 11 Las bibliotecas públicas conservarán adecuadamente la literatura y los materiales de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes y fortalecerán la gestión de seguridad contra incendios. Artículo 12 El horario de apertura semanal de las bibliotecas públicas deberá cumplir con las siguientes normas: no menos de 80 horas para las bibliotecas provinciales, no menos de 63 horas para las bibliotecas municipales, no menos de 56 horas para las bibliotecas distritales y no menos de 56 horas para las infantiles. bibliotecas no menos de 40 horas.

Las bibliotecas públicas deberán permanecer abiertas con normalidad durante los días festivos nacionales y las vacaciones de invierno y verano. Artículo 13 Las bibliotecas públicas deben adoptar un sistema de préstamo de estantería abierta o semiabierta y centrarse en diseñar, crear y mantener un buen entorno de lectura para los lectores.

Los lectores deben presentar documentos válidos al tomar prestados documentos, seguir los procedimientos de préstamo y devolverlos dentro del período especificado. Artículo 14 Las bibliotecas públicas podrán determinar el alcance y los métodos de préstamo de documentos y materiales basados ​​en diferentes objetos de servicio. Salvo normativa nacional, no podrán establecerse otras normas para sellar documentos e información.

La literatura y los materiales de la biblioteca infantil deben estar en consonancia con las características de los niños, y el alcance del préstamo no debe contener contenido que sea perjudicial para la salud física y mental de los niños. Artículo 15 Las bibliotecas públicas deben adoptar diversas formas, como exposiciones de libros, conferencias y actividades de lectura masiva, para recomendar materiales de lectura excelentes a los lectores y guiarlos a leer. Artículo 16 El personal de la biblioteca pública debe proporcionar a los lectores información sobre libros y publicaciones periódicas, responder a las consultas de los lectores sobre la lectura y guiarlos en la búsqueda de libros y publicaciones periódicas.

Las bibliotecas públicas deben recopilar información especial, compilar materiales de referencia y recuperar y traducir libros y publicaciones periódicas para los lectores según sus necesidades. Artículo 17 Las bibliotecas públicas pueden tomar prestados libros, periódicos y publicaciones periódicas de forma gratuita, dando prioridad a los menores, a los ancianos y a los discapacitados.

Las bibliotecas públicas pueden registrar lectores, recopilar información especial, compilar materiales de referencia, proporcionar productos audiovisuales y servicios de préstamo de publicaciones electrónicas, o realizar la recuperación, traducción y copia de materiales literarios en su nombre, y pueden cobrar lo correspondiente. honorarios. Las normas de cobro específicas serán formuladas por separado por el departamento administrativo cultural provincial en colaboración con los departamentos provinciales de finanzas y precios.

Artículo 18 La colección básica de las bibliotecas públicas será de no menos de 2,5 millones de volúmenes para las bibliotecas provinciales, de no menos de 400.000 volúmenes para las bibliotecas municipales y de no menos de 80.000 volúmenes para las bibliotecas distritales. Artículo 19 La Biblioteca Provincial se centra en la recopilación de documentos de patentes, documentos estándar, documentos locales de la provincia y periódicos importantes, series, libros de varios volúmenes y publicaciones extranjeras importantes publicadas por editoriales, periódicos, revistas y otras unidades editoriales nacionales.

Las bibliotecas de ciudades y condados se centran en recopilar documentos locales de ciudades y condados y publicaciones importantes de imprentas, periódicos, revistas y otras unidades editoriales provinciales. Artículo 20 Las bibliotecas públicas deberán formar gradualmente características de colección. Además de la recopilación de documentos de soporte tradicionales, también se deben recopilar nuevos documentos de soporte, como productos de audio y vídeo, micropelículas (volúmenes), películas científicas y tecnológicas y CD. Artículo 21 Las bibliotecas públicas son las unidades de acopio de las ediciones de publicaciones dentro de sus respectivas regiones administrativas. Las unidades editoriales y las unidades relevantes, como editoriales, periódicos, revistas, etc. dentro de esta región administrativa deberán enviar dos muestras de la publicación a la biblioteca pública local para su recolección dentro de los 30 días a partir de la fecha de publicación. Artículo 22 Las bibliotecas públicas procesarán los documentos y materiales recién recopilados de manera oportuna y los prestarán para su préstamo. La eliminación de documentos y materiales que hayan perdido su valor de uso deberá informarse al departamento administrativo cultural para su aprobación.