Cuando se fundó la Unión Europea, estableció relaciones de "país asociado" con algunos países africanos. Ha firmado el "Acuerdo de Asociación de Yaundé" y el "Acuerdo de Arusha" con 18 países africanos, incluido Camerún y tres países de África Oriental (Kenia, Tanzania y Uganda), para determinar el marco de cooperación entre las dos partes en materia de comercio y asistencia. El primer "Acuerdo de Lomé" se firmó en Lomé el 28 de febrero de 1975. Entró en vigor el 1 de abril de 1976 y tuvo una vigencia de cinco años, reemplazando a los dos acuerdos antes mencionados que habían expirado. El nuevo acuerdo estipula que la Comunidad Europea proporcionará asistencia financiera por 3.360 millones de unidades monetarias europeas (aproximadamente 4.200 millones de dólares estadounidenses) a los países ACP en un plazo de cinco años. El segundo "Acuerdo de Lomé" fue renovado en Togo el 31 de octubre de 1979 y entró en vigor en abril de 1980 por un período de cinco años. Esta vez, la asistencia proporcionada por la Comunidad Europea aumentó a 5.607 millones de unidades monetarias europeas (aproximadamente 7.457 millones de dólares estadounidenses), y el número de países ACP que participan en la firma del acuerdo aumentó a 58. El segundo acuerdo introdujo un mecanismo para estabilizar los ingresos por exportaciones de minerales (Sysmin) para garantizar ingresos estables de los países ACP que exportan productos minerales a la Comunidad Europea. El tercer "Acuerdo de Lomé" fue renovado en Togo el 8 de diciembre de 1984, entró en vigor el 1 de mayo de 1986 y tuvo una validez de cinco años (1 de marzo de 1985 - 28 de febrero de 1990). El acuerdo establece una asociación equitativa e interdependencia entre las partes. Según el acuerdo, la Comunidad Europea proporcionará asistencia financiera a los países ACP en cinco años por 8,5 mil millones de unidades monetarias europeas (aproximadamente 9,35 mil millones de dólares estadounidenses). El número de países ACP que participan en la firma del acuerdo ha aumentado a 65.
El cuarto "Acuerdo de Lomé" fue renovado en Togo el 15 de diciembre de 1989 y tiene una vigencia de 10 años. Sus términos comerciales entraron en vigor el 1 de marzo de 1990. En vista del lento avance en el proceso de ratificación del Acuerdo por parte de las partes contratantes, el Consejo de Ministros de la Comunidad Europea decidió posponer su fecha oficial de plena implementación en 4 meses con respecto a la fecha prevista originalmente el 1 de marzo de 1991, y fijó la fecha límite. del tercer Acuerdo prorrogado en consecuencia hasta el 30 de junio del mismo año. Según las disposiciones del cuarto "Acuerdo de Lomé", la ayuda de la UE a los países de la región ACP se divide en dos fases: la primera fase, es decir, durante los primeros cinco años, una ayuda financiera de 12 mil millones de unidades monetarias europeas (aproximadamente Se proporcionarán 13.200 millones de dólares, de los cuales 10.800 millones son una asignación del Fondo Europeo de Desarrollo y 1.200 millones son un préstamo del Banco Europeo de Inversiones. El importe total supone un aumento del 40% en comparación con el anterior "Acuerdo de Lomé". El importe total de la ayuda en la segunda fase (1995-2000) fue de 14.625 millones de unidades monetarias europeas (aproximadamente 19.000 millones de dólares estadounidenses), un aumento del 22% con respecto a la primera fase, de los cuales 12.967 millones fueron asignados por el Fondo Europeo de Desarrollo y 1.658 millones fue un préstamo del Banco Europeo de Inversiones. Además, los dos fondos de la UE utilizados para estabilizar los mecanismos de ingresos por exportaciones agrícolas y minerales de los países ACP aumentaron en 62 y 16 respectivamente, alcanzando 150.000 y 480 millones de unidades monetarias europeas. Los principales contenidos del nuevo acuerdo también incluyen: (1) Relajación de las restricciones a la entrada de productos de los países ACP en el mercado europeo. La parte del valor añadido de los productos fabricados en sus propios países alcanza el 45% (antes el 60%). ). Puede entrar en el mercado de la Comunidad Europea, y sus productos de exportación que gozan de financiación especial han aumentado al oro y el uranio. La Comunidad Europea ha abierto el mercado del alcohol a los países de la región ACP desde 1992 y ha reducido sus productos agrícolas como, por ejemplo. cítricos, fresas, tomates y otros productos agrícolas, y no exigen a estos países que devuelvan la compensación de precio reclamada de conformidad con las reglamentaciones pertinentes. (2) Prohibir cualquier comercio de desechos tóxicos, peligrosos y nucleares entre los estados miembros de la Comunidad Europea y los países de la región ACP. (3) Asignar el 18% de toda la ayuda financiera específicamente para ayudar a los países de la región ACP a implementar planes de ajuste estructural económico. En noviembre de 1995, la UE y los países ACP firmaron un nuevo protocolo como modificación y complemento del cuarto "Acuerdo de Lomé". El protocolo vincula por primera vez las cuestiones de democracia y derechos humanos con la ayuda de la UE y estipula que la cantidad de ayuda que reciben los países ACP depende de su desempeño económico. La UE también ha pasado de ser la única responsable de emitir préstamos a participar directamente en la formulación de la ayuda. proyectos.
El 30 de septiembre de 1998, la UE y los países ACP celebraron negociaciones formales en Bruselas sobre la renovación del quinto "Acuerdo de Lomé". Los principales contenidos son los siguientes: (1) Respecto al establecimiento de un acuerdo libre. zona comercial. La UE cree que la tendencia a la globalización y la liberalización del comercio mundial es cada vez más evidente. Los métodos de cooperación económica y comercial existentes entre la UE y los países ACP ya no pueden adaptarse a los cambios de la situación, junto con la presión del mundo. Organización del Comercio, aboga por la eliminación de que los países ACP disfruten de preferencias comerciales y establezcan una zona de libre comercio como objetivo de ambas partes en el siglo XXI. Los países ACP exigen que se mantengan las preferencias comerciales. (2) Respecto a la cuestión de vincular la asistencia al desarrollo con las condiciones de derechos humanos. Desde que la UE propuso modificar el Acuerdo de Lomé en septiembre de 1993 y añadió el contenido de "intervención democrática" al cuarto protocolo de enmienda del Acuerdo de Lomé en 1995, ha seguido insistiendo en combinar la ayuda con los derechos humanos en esta negociación. propuso que los estándares de ayuda se determinaran basándose en el PIB per cápita del país receptor. Los países de la región ACP expresaron su descontento con esto, creyendo que la UE tenía la responsabilidad y la obligación de brindar asistencia, y se opusieron a imponer condiciones políticas y "trazar límites" a la ayuda. (3) Respecto a la cuestión del impuesto preferencial. Las dos partes acordaron cancelar los impuestos preferenciales y libres de impuestos sobre el acceso ilimitado al mercado de la UE para productos industriales y 95 productos agrícolas de los países ACP en el acuerdo original, pero tenían diferencias sobre el período de transición. (4) Respecto a la entrada de determinados bienes procedentes de países ACP en el mercado de la UE. El acuerdo original estipula que productos agrícolas como plátanos, ron, azúcar, arroz y carne vacuna producidos en los países ACP pueden ingresar a los países de la UE libres de impuestos dentro de cantidades específicas, y se aplicarán aranceles a las cantidades excedentes. La UE propone mantener este acuerdo por el momento y decidir la situación después de 2004. Los países ACP exigen que esto se mantenga en el nuevo acuerdo. (5) Respecto al sistema de origen de “plena acumulación”. El acuerdo original estipula que los productos de los países ACP o de la UE pueden considerarse de producción nacional y disfrutar de un trato fiscal preferencial después de su posterior procesamiento y producción en los países ACP. Inicialmente, la UE planea abrir su mercado libre de impuestos a todos los productos de los 48 países menos desarrollados de la región ACP después de 2005, y simplificar aún más las regulaciones actuales sobre origen. Los países ACP acogen con satisfacción esto, pero esperan que pueda implementarse lo antes posible. (6) Respecto a la adhesión de Cuba al “Acuerdo de Lomé”. Los países de la región ACP apoyan activamente la adhesión de Cuba, pero la UE sólo permite que Cuba participe en las negociaciones como observador y hace que sus derechos humanos y su estatus democrático sean una condición para la adhesión formal.
En 1999, la UE y los países ACP mantuvieron conversaciones sobre la renovación del "Acuerdo de Lomé" en Dakar, capital de Senegal (febrero), Bruselas, capital de Bélgica (julio y diciembre), y República Dominicana** * Se celebraron cuatro reuniones ministeriales ACP-UE en Santo Domingo (noviembre), capital de la República de China, pero todas terminaron sin conclusiones debido a diferencias demasiado grandes entre las dos partes.
A principios de 2000, las dos partes reanudaron las negociaciones en Bruselas. Los países de la región ACP hicieron importantes concesiones en cuestiones como los derechos humanos y las preferencias comerciales. Las dos partes firmaron el quinto "Acuerdo de Lomé" el 3 de febrero. "Se llegó a un acuerdo. El acuerdo tiene una validez de 20 años. Sus principales disposiciones son: democracia, derechos humanos, estado de derecho y buena gobernanza. Para implementar los principios básicos del acuerdo, la UE tiene derecho a suspender la asistencia a los países que violen lo anterior. principios; la UE cancela gradualmente el comercio unidireccional con los países de la región ACP; las políticas preferenciales serán reemplazadas por una transición al libre comercio. Las dos partes eventualmente establecerán una zona de libre comercio y se establecerá una integración completa con las reglas de la OMC; un noveno Fondo Europeo de Desarrollo por un total de 13.500 millones de euros para proporcionar asistencia a los países de la región ACP y asignar 1.000 millones de euros del saldo de los fondos de desarrollo anteriores para subsidiar a los países pobres muy endeudados. El quinto "Acuerdo de Lomé" entrará oficialmente en vigor en 2002, pero, excepto el protocolo financiero, la mayoría de las disposiciones entrarán en vigor inmediatamente después de la firma oficial del acuerdo el 31 de mayo de 2000, y el cuarto "Acuerdo de Lomé" también entrará en vigor de forma inmediata.