2016 010 14 "Opiniones de la Oficina General del Consejo de Estado sobre la solución del problema del registro de hogar para personas sin registro de hogar" requiere que se realice el registro de residencia permanente para personas sin registro de hogar en de conformidad con la ley (extractos relevantes de este número);
(1) Personas sin registro de hogar que no cumplen con la política de planificación familiar. Para quienes dan a luz fuera de la póliza o fuera del matrimonio, la persona o su tutor pueden solicitar el registro de residencia permanente de acuerdo con la política de radicarse voluntariamente con sus padres, con el certificado médico de nacimiento y la libreta de registro de hogar, certificado de matrimonio. o nacimiento fuera del matrimonio de uno de los padres, o una explicación del nacimiento fuera del matrimonio. Si solicita establecerse con su padre y no tiene un registro de hogar, debe presentar un certificado de prueba de paternidad emitido por una agencia de tasación calificada.
(2) Personas sin registro de domicilio que no hayan obtenido certificado médico de nacimiento. Para una persona que nace en una institución de partería sin una residencia permanente registrada, la persona o su tutor puede solicitar a la institución de partería un "Certificado médico de nacimiento" para una persona que nace sin una residencia permanente registrada fuera de una institución de partería; institución de partería, la persona o su tutor debe proporcionar una agencia de identificación calificada. El certificado de prueba de paternidad emitido por el solicitante debe presentarse a una institución confiada por el departamento administrativo de salud y planificación familiar a nivel del condado en el lugar donde el solicitante planea establecerse para solicitar un certificado médico de nacimiento. Las personas no registradas o sus tutores pueden solicitar el registro de residencia permanente con el certificado médico de nacimiento y el registro del hogar, el certificado de matrimonio o la explicación del nacimiento fuera del matrimonio de uno de los padres.
(3) El hecho de que una persona sin registro de hogar haya sido adoptada sin pasar por los trámites de adopción. Si la adopción no ha sido registrada, las partes interesadas pueden solicitar al departamento de asuntos civiles el registro de la adopción de acuerdo con la reglamentación y solicitar el registro de residencia permanente con el "Certificado de Registro de Adopción" y el libro de registro del hogar del adoptante. Antes de que la "Decisión del Comité Permanente de la Asamblea Popular Nacional de la APN sobre la Enmienda" entrara en vigor el 1 de abril de 1999, si un ciudadano nacional adopta a un niño de forma privada y no registra la adopción, la parte interesada puede solicitarlo al notario. oficina para la legalización de la adopción de hecho de conformidad con el reglamento. Si el órgano de seguridad pública investiga y verifica que aún no se ha realizado el registro de residencia permanente, podrá solicitar el registro de residencia permanente basándose en el acta notarial de adopción de hecho y el libro de registro del hogar del adoptante.
(4) Hijos ilegítimos de ciudadanos chinos, extranjeros sin registro familiar y apátridas. Los ciudadanos chinos, los extranjeros y los apátridas que den a luz a niños fuera del matrimonio en China y que no hayan obtenido la nacionalidad de otro país, o cuyos tutores tengan la nacionalidad china, podrán presentar certificados de nacimiento, explicaciones de los padres sobre la situación fuera del matrimonio. nacimientos y residentes del lado de ciudadanos chinos, registro de hogar, solicitud de registro de residencia permanente. Si no se obtiene un certificado médico de nacimiento, se requiere un certificado de prueba de paternidad emitido por una agencia de identificación calificada.
(5) Otras personas sin empadronamiento. Las personas que no tengan un registro de hogar por otros motivos, o las unidades y personas que asuman responsabilidades de tutela, podrán solicitar un registro de hogar permanente después de la investigación y verificación por parte de los órganos de seguridad pública junto con los departamentos pertinentes.