La protección y gestión de los edificios históricos dentro de la región administrativa de esta provincia se implementará de acuerdo con las disposiciones pertinentes de este reglamento. Artículo 3 Los gobiernos populares de todos los niveles son responsables de la protección, supervisión y gestión de ciudades, barrios, pueblos y aldeas históricos y culturales famosos dentro de sus respectivas regiones administrativas, e incorporan la protección de ciudades, barrios, pueblos históricos y culturales famosos, y aldeas en los planes nacionales de desarrollo económico y social, los fondos necesarios se incluyen en el presupuesto fiscal del nivel correspondiente. Artículo 4 Los gobiernos populares de las ciudades y condados donde se ubican ciudades históricas y culturales famosas establecerán comités de protección, y los gobiernos populares de las ciudades y condados donde se ubican bloques históricos y culturales, ciudades famosas y aldeas famosas podrán establecer comités de protección.
El Comité de Conservación está compuesto por el responsable del gobierno popular, el responsable de los departamentos pertinentes, expertos pertinentes y representantes públicos. Es responsable de estudiar, coordinar y supervisar los principales temas de protección. y gestión de ciudades, barrios, pueblos y aldeas históricas y culturales. Implementación de planes de conservación. Artículo 5 Los departamentos de planificación urbana y rural de los gobiernos populares a nivel de condado o superior, junto con los departamentos de reliquias culturales del mismo nivel, son responsables de la aplicación, preparación e implementación de planes de protección, supervisión e inspección de monumentos históricos y famosos. ciudades, barrios, pueblos y aldeas culturales dentro de sus respectivas regiones administrativas.
Otros departamentos relevantes deben, de acuerdo con sus respectivas responsabilidades, hacer un buen trabajo en la protección, supervisión y gestión de ciudades, barrios, pueblos y aldeas históricas y culturales famosas.
Los comités de aldea (residentes) deben cooperar con la protección de ciudades, barrios, pueblos y aldeas históricos y culturales famosos. Artículo 6 El gobierno popular provincial y los gobiernos populares de ciudades y condados donde se encuentran ciudades, barrios, pueblos y aldeas históricas y culturales famosas establecerán fondos de protección especiales que se utilizarán para la planificación de la protección, la mejora de la infraestructura y el entorno de vida, la protección de los bienes históricos. edificios, etc Las fuentes de fondos especiales de protección incluyen:
(1) Fondos dispuestos por el presupuesto fiscal al mismo nivel;
(2) Fondos de subsidio especiales provenientes de finanzas superiores;
(3) ) Donaciones de unidades e individuos nacionales y extranjeros;
(4) Otros fondos legalmente recaudados. Artículo 7 Los gobiernos populares de todos los niveles y departamentos pertinentes organizarán y llevarán a cabo actividades de publicidad y educación sobre la protección del patrimonio histórico y cultural, popularizarán el conocimiento sobre la protección y mejorarán la conciencia de protección de toda la sociedad. Artículo 8 La protección, supervisión y gestión de bloques históricos y culturales, ciudades y pueblos famosos garantizarán la participación de los pueblos indígenas y salvaguardarán los derechos e intereses legítimos de los pueblos indígenas.
Los gobiernos populares en todos los niveles deben tomar medidas para alentar y apoyar a unidades e individuos a participar en la protección de ciudades, barrios, pueblos y aldeas históricas y culturales famosas a través de donaciones, financiación y servicios técnicos. Capítulo 2 Declaración y Determinación Artículo 9 Las ciudades históricas y culturales incluyen las ciudades históricas y culturales nacionales y las ciudades históricas y culturales provinciales.
Las condiciones y procedimientos para la declaración, aprobación y determinación directa de las villas, villas y ciudades históricas y culturales nacionales, históricas y culturales, se implementarán de conformidad con el "Reglamento sobre la Protección de las Ciudades, Villas Históricas y Culturales". y Pueblos" del Consejo de Estado. Artículo 10 Las ciudades que cumplan las siguientes condiciones pueden ser declaradas ciudades históricas y culturales provinciales:
(1) Las reliquias culturales conservadas son particularmente ricas;
(2) Los edificios históricos están concentrados en grandes áreas;
(3) Preservar el patrón tradicional y las características históricas;
(4) Haber servido como centro político, económico, cultural, de transporte o ubicación militar en la historia, o haber tenido importantes acontecimientos históricos, O sus industrias tradicionales y grandes proyectos históricos han tenido un impacto importante en el desarrollo de la región;
(5) Hay más de dos ciudades históricas y culturales aprobadas y anunciadas por el Gobierno Popular Provincial en el ámbito de protección de la ciudad declarada Conjunto Histórico Cultural. Artículo 11 Los bloques que cumplan las siguientes condiciones pueden declararse bloques históricos y culturales:
(1) Las reliquias culturales conservadas son particularmente ricas;
(2) Los edificios históricos están concentrados en grandes áreas;
p>
(3) Preservar completa y verdaderamente el patrón tradicional y las características históricas;
(4) La escala cumple con los estándares estipulados por el estado.
Artículo 12 Los edificios y estructuras que cumplan una de las siguientes condiciones y no hayan sido anunciados como unidades o sitios de protección de reliquias culturales pueden ser reconocidos como edificios históricos:
(1) Estilo arquitectónico, estructura, materiales, tecnología de construcción o La tecnología de ingeniería tiene valor histórico, científico y artístico;
(2) refleja la historia, la cultura y las tradiciones populares locales, y tiene características específicas de la época y características regionales;
(3 ) Desempeña un papel importante en la industria local Talleres, tiendas, fábricas y almacenes representativos en la historia del desarrollo;
(4) Edificios y estructuras modernos relacionados con eventos históricos y celebridades;
(5) Otro valor histórico de edificios y estructuras. Artículo 13 Para postular a ciudad histórica y cultural provincial o bloque histórico y cultural, se deberán presentar los siguientes materiales:
(1) Evolución histórica, características locales y valor histórico y cultural;
(2) Tradición La situación actual del patrón y las características históricas;
(3) Alcance de la protección;
(4) Lista de unidades de protección de reliquias culturales, sitios de protección de reliquias culturales , edificios históricos y patrimonio cultural inmaterial;
(5) Trabajos de protección, objetivos de protección y requisitos de protección.
Para declarar ciudad histórica y cultural provincial se deberá presentar además una relación de bloques históricos y culturales y materiales explicativos.