¿Cuál es el proceso de aceptación de facturas?
1. Procedimiento de aceptación:
1. El librado deberá aceptar o negarse a aceptar una letra que se le presente para su aceptación dentro de los 3 días siguientes a la fecha de recepción de la letra presentada para su aceptación. Cuando el tomador reciba una letra presentada para su aceptación, expedirá también un recibo de la letra al tenedor. La fecha en que se presenta la letra de cambio para su aceptación debe registrarse en el recibo y firmarse.
2. Actas de aceptación. Si el pagador acepta una letra, la palabra "aceptación" y la fecha de aceptación se registrarán en el frente de la letra y se firmarán para las letras pagadas regularmente después de la vista, la fecha de pago se registrará en el momento de la aceptación. Si la fecha de aceptación no consta en la letra de cambio, el tercer día después de que el pagador reciba la fecha de presentación para la aceptación será la fecha de aceptación.
3. El beneficiario no adjuntará condiciones a la factura de aceptación. Si la aceptación va acompañada de condiciones, se considerará una denegación de aceptación.
2. Principio de aceptación:
1. El principio de libre aceptación. El beneficiario de una letra de cambio puede decidir si la acepta según su propia voluntad independiente, y no está sujeto a la restricción del librador que lo designa como beneficiario. Incluso si existe una determinada relación financiera entre el beneficiario y el librador o si el beneficiario acepta la letra pero no lo hace de acuerdo con el acuerdo de aceptación, solo asumirá pasivos distintos de la letra.
2. El principio de plena aceptación. El artículo 54 de la Ley de Instrumentos Negociables de mi país establece que el beneficiario deberá pagar la totalidad del pago el día en que el tenedor presente el pago. A través de lo dispuesto en este artículo, se puede considerar que la Ley de Instrumentos Negociables de nuestro país en realidad niega la aceptación parcial. Si el beneficiario realiza una aceptación parcial, se considerará una aceptación con condiciones adjuntas y se considerará una negativa de aceptación de conformidad. con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley de Títulos Negociables. Esto se denomina principio de plena aceptación en el derecho de instrumentos negociables.
3. Principio de aceptación simple. El artículo 43 de la Ley de Instrumentos Negociables de la República Popular de mi país establece que el tomador no pondrá condiciones a la aceptación de una letra; si la aceptación va acompañada de condiciones, se considerará una negativa de aceptación y no lo será; tendrá el efecto de aceptación. Esto se denomina principio de aceptación simple en el derecho de instrumentos negociables.
1. Requisitos para los aceptadores de billetes. Como aceptador de billetes, después de aceptar la aceptación, debe cumplir con los requisitos de pago en la factura. No puede adjuntar ninguna condición y no puede cambiar la fecha de aceptación, porque los asuntos registrados en la factura son negociados por ambas partes del producto. transacción, tiene efecto legal y no puede modificarse arbitrariamente. Además, después de aceptar la aceptación, se debe certificar en el anverso de la letra de cambio. Las palabras "Acepto pagar la factura a su vencimiento", indican la fecha de aceptación y firma la factura. Una vez aceptada, la factura se vuelve legalmente vinculante y el aceptante no puede regresar para cancelar la aceptación.
2. Aviso al titular del billete antes de recibir el pago del billete. La letra debe presentarse antes de la aceptación, porque generalmente el acreedor la conserva. Cuando la letra circula y se transfiere, el beneficiario generalmente no sabe en quién está la letra y el negocio de aceptación solo puede manejarse cuando el tenedor. presenta la factura. Para exigir el pago, el tenedor debe presentar primero el pagaré al pagador antes de su vencimiento, y además acreditar la identidad del acreedor. La Ley de Instrumentos Negociables generalmente estipula que hay una fecha para la presentación, y el beneficiario debe responder si paga o no después de recibir la presentación para el pago del tenedor. Dado que la fecha de vencimiento de una letra se calcula a partir de la fecha de aceptación, el tenedor debe aceptarla lo antes posible. El beneficiario no asume ninguna responsabilidad por la letra antes de su aceptación. La presentación de una letra para su aceptación es un procedimiento importante para que el tenedor obtenga el pago de la letra y debe presentarse estrictamente de acuerdo con las regulaciones para garantizar que los derechos del acreedor se paguen a tiempo.
3. Si se rechaza la aceptación de la letra de cambio, se deberá redactar un "Certificado de Rechazo". Si el tenedor presenta la letra al librado y el pago no es aceptado o no puede aceptarse, es un acto de deshonra. Después de que se rechaza la aceptación de la letra, el tenedor de la letra debe entregarle al beneficiario La notaría local escribe un ". Certificado de Rechazo". En el certificado de rechazo se deberá escribir y firmar el motivo del rechazo, monto, año, mes, día, etc. El tenedor con un "certificado de denegación" puede ejercer recurso contra el antiguo endosante u otro deudor de la transferencia de la letra.