Reglamento de educación continua del personal técnico y profesional de la provincia de Jiangsu 2018 Revisión de títulos profesionales de la provincia de Jiangsu

Artículo 1 Con el fin de desarrollar la educación continua del personal profesional y técnico, mejorar la calidad del personal profesional y técnico y promover el desarrollo económico y social, de conformidad con la "Ley de Educación de la República Popular China", la "Ley Científica y Tecnológica Ley de Progreso de la República Popular China" y otras leyes y reglamentos administrativos, combinados con la situación real de esta provincia, formulan estos reglamentos.

Artículo 2 El presente reglamento se aplica a la educación continua del personal profesional y técnico dentro de la región administrativa de esta provincia.

El término “educación continua del personal profesional y técnico” (en adelante “educación continua”) mencionado en este Reglamento se refiere a la finalidad de complementar, actualizar y ampliar los conocimientos, potenciar las capacidades de innovación, mejorar calidad profesional y nivel técnico profesional, y promover el desarrollo de empresas e instituciones y otros fines de desarrollo de organizaciones sociales.

Artículo 3 La educación continua debe estar orientada a las necesidades sociales, con nuevas teorías profesionales y técnicas, nuevas tecnologías y nuevos métodos como contenido principal, y adherirse a los principios de integración de la teoría con la práctica, enseñanza bajo demanda. y centrándose en la eficacia.

La educación continua debería establecer gradualmente un mecanismo operativo de supervisión gubernamental, orientación de la industria, autonomía de la unidad y conciencia individual.

Artículo 4 El personal profesional y técnico tiene derecho a recibir educación continua y cumplir las obligaciones correspondientes de conformidad con la ley.

Artículo 5 Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior incorporarán la educación continua en los planes nacionales de desarrollo económico y social locales, formularán planes y políticas de educación continua, mejorarán las condiciones de la educación continua y promoverán la informatización de la educación continua. y apoyo clave El desarrollo de la educación continua en campos e industrias apoyará al personal profesional y técnico en áreas pobres y áreas rurales remotas para recibir educación continua.

Artículo 6 El departamento administrativo de educación del gobierno popular local a nivel de condado o superior proporcionará orientación macro para la educación continua.

Los departamentos de administración de personal de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior son específicamente responsables de la coordinación, supervisión e inspección integrales de la educación continua del personal profesional y técnico dentro de sus respectivas regiones administrativas.

Los departamentos competentes y las organizaciones industriales pertinentes son responsables de la organización y gestión de la educación continua para el personal profesional y técnico en sus propios departamentos e industrias de acuerdo con los requisitos de política y planificación de educación continua de la provincia.

Si las leyes y reglamentos administrativos tuvieren otras disposiciones sobre la gestión de la educación continua, prevalecerán dichas disposiciones.

Artículo 7 El departamento provincial de administración de personal, junto con los departamentos competentes y las organizaciones industriales pertinentes, estudiará los objetivos y medidas de la educación continua, preparará guías temáticas de educación continua y orientará la organización e implementación de la formación de educación continua. en la provincia y construir un sistema de servicios públicos de educación continua y una red de educación continua a distancia que cubra toda la provincia.

Los departamentos administrativos de personal de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior recopilarán, proporcionarán y publicarán información sobre educación continua y coordinarán y guiarán las actividades educativas de las instituciones de educación y capacitación continua.

Artículo 8 El departamento de administración de personal, junto con los departamentos competentes pertinentes, establecerá un grupo de orientación de expertos en educación continua compuesto por expertos y académicos en educación, desarrollo de recursos humanos e industrias relacionadas para participar en políticas de educación continua. , planes, guías temáticas, Investigación, consulta y evaluación en la implementación de proyectos, establecimiento de planes de estudio, educación y capacitación, etc.

El artículo 9 se basa en instituciones de formación establecidas por diversos colegios y universidades, instituciones de investigación científica, grupos sociales y otras instituciones de formación calificadas para establecer bases de educación continua y mejorar la red de implementación de educación continua.

Fomentar y apoyar a diversas instituciones de educación y capacitación continua para que realicen actividades de educación continua de conformidad con la ley.

Artículo 10 El gobierno podrá otorgar subsidios financieros a la televisión, la radio, Internet, los periódicos y otros medios relacionados, las bibliotecas, los museos de ciencia y tecnología y otras instituciones culturales públicas que participen activamente en la producción y difusión de la educación continua. contenido.

Artículo 11 Las empresas, instituciones y otras organizaciones sociales desempeñarán las siguientes responsabilidades en las actividades de educación continua:

(1) Implementar leyes y reglamentos relacionados con la educación continua;

(2) Formular el plan de educación continua de la unidad y organizar su implementación;

(3) Asegurar el tiempo para que el personal profesional y técnico participe en la educación continua y otros derechos e intereses que disfruten de acuerdo con el ley, y proporcionar los fondos necesarios y otras condiciones;

(4) Registrar y evaluar el estado de educación continua del personal profesional y técnico, e informar datos estadísticos relevantes;

(5) Aceptación del departamento de administración de personal y de los departamentos competentes pertinentes y de las organizaciones industriales, orientación y supervisión.

Las empresas, instituciones públicas y otras organizaciones sociales tienen derecho a seleccionar de forma independiente instituciones de formación donde el personal profesional y técnico reciba educación continua, y tienen derecho a determinar de forma independiente el contenido de la formación que se adapte a sus propias necesidades.

Artículo 12 El tiempo promedio anual acumulado para que el personal profesional y técnico reciba educación continua fuera del trabajo o a tiempo parcial no será inferior a 72 horas de crédito para el personal profesional y técnico superior e intermedio, y No será inferior a 40 horas crédito para el personal profesional y técnico subalterno. Si el estado tiene otras regulaciones, dichas regulaciones prevalecerán.

Para las unidades que implementen el sistema de designación de puestos de trabajo para personal profesional y técnico, el ciclo de implementación de la educación continua deberá ser consistente con el ciclo de designación de puestos de trabajo. El tiempo de aprendizaje dentro de un ciclo se puede utilizar de forma intensiva o dispersa.

Fomentar y apoyar al personal profesional y técnico para que utilice su tiempo libre para realizar el autoestudio.

Artículo 13 Las empresas, instituciones y otras organizaciones sociales podrán disponer que su personal profesional y técnico participe en la educación continua en las siguientes formas de acuerdo con sus propios planes de educación continua:

(a ) Participar en cursos de actualización, cursos de capacitación o seminarios;

(2) Estudiar en unidades de docencia, investigación científica y producción;

(3) Participar en congresos y charlas académicas nacionales y extranjeras. ;

(4) Viajar al extranjero para realizar más estudios, inspecciones y capacitación;

(5) Estudio organizado por la unidad y autoestudio con evaluación;

>(6) Aceptar la educación a distancia moderna;

(7) Otras formas de educación continua.

Artículo 14 Las empresas, instituciones y otras organizaciones sociales registrarán el estado de aprendizaje, los puntajes de las pruebas o los resultados de las evaluaciones del personal profesional y técnico que participe en la educación continua en el departamento provincial de personal con certificados emitidos por instituciones de educación y capacitación continua. En el certificado de registro de educación continua supervisado por el departamento administrativo, y como una de las condiciones para la evaluación y promoción de las calificaciones (cargos) profesionales y técnicas del personal profesional y técnico.

Los certificados de registro de educación continua son conservados por personal profesional y técnico y pueden ser utilizados como certificados de reconocimiento de logros de aprendizaje para movilidad de talento, nombramientos laborales y participación en actividades académicas.

Artículo 15 Si el personal profesional y técnico participa en educación continua fuera de servicio o a tiempo parcial, deberá obtener el consentimiento de su empleador, sus salarios y beneficios durante el período de estudio tendrán el mismo tratamiento; como los del personal en servicio, salvo acuerdo en contrario entre el personal profesional y técnico y la unidad.

Artículo 16 El personal profesional y técnico que reciba educación continua deberá cumplir con las leyes y reglamentos pertinentes sobre educación continua, obedecer las disposiciones de la unidad y completar sus tareas de aprendizaje.

Artículo 17 Para realizar actividades de educación y formación continua, deberán cumplirse las siguientes condiciones:

(1) Contar con estructuras organizativas y sistemas de gestión adecuados;

( 2) Hay docentes y directivos adecuados para las tareas de formación

(3) Hay lugares, instalaciones y equipos adecuados para la formación

(4) Hay actividades de formación; Fondos apropiados;

(5) Otras condiciones estipuladas por leyes y reglamentos administrativos.

Artículo 18 Las instituciones de educación y formación continua que participan en actividades de educación continua deberán revelar verazmente su alcance de formación, sus tarifas y estándares, sus profesores de formación, sus lugares e instalaciones de formación.

Los anuncios de formación de instituciones de educación y formación continua deben ser veraces y legales, y no deben contener contenidos falsos, engañosos o engañosos.

Las instituciones de educación y formación continua deben implementar concienzudamente planes de enseñanza de educación continua, garantizar la calidad de la enseñanza de la educación continua y emitir certificados veraces al personal profesional y técnico que recibe educación continua.

Artículo 19 El departamento administrativo de personal, junto con los departamentos competentes pertinentes, evaluará periódicamente las actividades educativas de las instituciones de educación y formación continua de la región y publicará los resultados de la evaluación.

Artículo 20: Los departamentos financieros de todos los niveles deben asignar una cierta cantidad de fondos en el presupuesto fiscal cada año para el desarrollo de la educación continua, centrándose en garantizar que los talentos escasos en la región, de alto nivel talentos y habilidades profesionales en áreas afectadas por la pobreza y áreas rurales remotas El costo de la educación continua del personal.

Los fondos para la educación continua organizados por finanzas en todos los niveles deben estar asignados y sujetos a la supervisión de los departamentos de finanzas y auditoría. Las normas de uso y gestión serán formuladas por el departamento provincial de finanzas en colaboración con el departamento provincial de administración de personal.

Artículo 21 Los fondos de educación continua de empresas, instituciones y otras organizaciones sociales se incluirán en los fondos de educación de los empleados. Los gastos de educación continua para el desarrollo de nuevas tecnologías y productos se pueden organizar en gastos administrativos y fondos de proyectos.

Artículo 22 Los gastos de personal profesional y técnico para participar en la educación continua dispuesta por la unidad serán sufragados principalmente por la unidad. Salvo acuerdo en contrario entre el personal profesional y técnico y la unidad.

El artículo 23 alienta a las empresas, instituciones y otras organizaciones sociales e individuos nacionales y extranjeros a proporcionar financiación y donaciones para la educación continua. Las subvenciones y donaciones proporcionadas deben utilizarse para la educación continua.

El artículo 24 fomenta y apoya el uso de medios financieros y crediticios para apoyar el desarrollo de la educación continua.

Artículo 25 Las unidades y las personas que hayan logrado logros sobresalientes en el trabajo de educación continua serán elogiadas y recompensadas por los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior y los departamentos pertinentes.

Artículo 26: Cuando se vulnere el derecho del personal profesional y técnico a recibir educación continua, éste tiene derecho a presentar una queja ante su autoridad superior o ante el departamento de administración de personal de su unidad. se realizará dentro de los 30 días siguientes a la fecha de presentación y se dará respuesta al denunciante.

Artículo 27 Las empresas, instituciones y otras organizaciones sociales violan lo dispuesto en el artículo 11 de este Reglamento al no formular y organizar la implementación de planes de educación continua, no proporcionar los fondos y condiciones necesarios y no garantizar la formación profesional y técnica. El personal recibe educación continua. Si se viola el tiempo de educación y otros derechos e intereses disfrutados de acuerdo con la ley, el departamento administrativo de personal o el departamento comercial correspondiente ordenará correcciones.

Artículo 28 Si una institución de educación y formación continua viola lo dispuesto en el párrafo 2 del artículo 18 de este Reglamento y publica anuncios de formación falsos, la agencia de supervisión de publicidad o el departamento administrativo correspondiente le ordenará que realice las correcciones dentro de un plazo, y notificará a los estudiantes. Si se cobran las tasas, se les reembolsará lo cobrado y se les dará una advertencia si las circunstancias son graves, se ordenará el cese de las actividades de educación y formación continua;

Si una institución de educación y formación continua viola lo dispuesto en el párrafo 3 del artículo 18 de este Reglamento y no implementa planes de enseñanza de educación continua y la calidad de la enseñanza no es calificada, los documentos de certificación no serán válidos. El departamento de administración de personal les ordenará que realicen rectificaciones dentro de un plazo. Si no realizan las rectificaciones dentro del plazo o si aún no cumplen con los requisitos prescritos después de las rectificaciones, el departamento de administración de personal hará un anuncio al público.

Artículo 29 El departamento de precios competente supervisará e inspeccionará el comportamiento de cobro de las instituciones de educación y formación continua de acuerdo con la ley, e implementará sanciones administrativas por comportamiento de cobro ilegal de acuerdo con las leyes y reglamentos pertinentes.

Artículo 30 Si una persona que se dedica a la educación continua no cumple con sus deberes a conciencia o comete fraude, su unidad o el departamento superior le ordenará que haga correcciones, y podrá recibir sanciones administrativas. sanciones según la gravedad del caso.

Artículo 31 El presente Reglamento entrará en vigor el 6 de agosto de 2005.