¿Qué es propietario en el Código Civil?

Análisis jurídico: El propietario se refiere al dueño del inmueble. Principalmente se refiere a la persona que compra una casa, es decir, los vecinos de la comunidad, y la propiedad sirve a los vecinos de la comunidad, por eso a los vecinos se les llama propietarios. El propietario goza de derechos y asume obligaciones sobre todas las partes del edificio excepto las exclusivas, no dejará de cumplir sus obligaciones por renuncia a sus derechos; Cuando el propietario transfiere los edificios residenciales y comerciales del edificio, también se transfieren sus derechos de propiedad parcial y gestión conjunta al propietario.

Base jurídica: “Ejército Popular de Liberación y Código Civil de la República Popular China”

Artículo 273: El propietario gozará de la propiedad del bien distinto de las partes exclusivas del mismo. Los derechos y obligaciones del edificio; la renuncia de derechos no podrá utilizarse como excusa para el incumplimiento de las obligaciones. Cuando el propietario transfiere los edificios residenciales y comerciales del edificio, también se transfieren sus derechos de propiedad parcial y gestión conjunta al propietario.

Artículo 946: Si el propietario decide despedir al encargado del servicio inmobiliario conforme a los procedimientos legales, podrá rescindir el contrato de servicio inmobiliario. Si se decide poner fin al contrato de trabajo, el proveedor de servicios inmobiliarios deberá ser notificado por escrito con 60 días de antelación, salvo que el contrato estipule lo contrario con un plazo de preaviso. Si la resolución del contrato conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior causa pérdidas al prestador del servicio inmobiliario, el propietario deberá compensar las pérdidas salvo por causas que no le sean imputables.

Artículo 281 Los fondos para el mantenimiento del edificio y sus instalaciones auxiliares pertenecen al propietario. Con el consentimiento del propietario, se puede utilizar para la reparación, renovación y renovación de ascensores, techos, paredes exteriores, instalaciones sin barreras y otras partes. La recaudación y el uso de fondos de mantenimiento para edificios e instalaciones auxiliares deben anunciarse periódicamente. Si es necesario reparar un edificio y sus instalaciones auxiliares en caso de emergencia, la junta de propietarios o el comité de propietarios podrán solicitar el uso de fondos de mantenimiento para el edificio y sus instalaciones auxiliares de conformidad con la ley.

Artículo 277 Los propietarios podrán constituir una asamblea de propietarios y elegir un comité de propietarios. Las condiciones y procedimientos específicos para el establecimiento de la asamblea de propietarios y del comité de propietarios se ajustarán a lo dispuesto en las leyes y reglamentos. Los departamentos pertinentes del gobierno popular local y los comités de residentes proporcionarán orientación y asistencia para establecer reuniones de propietarios y elegir comités de propietarios.