Base legal: El artículo 30 del “Reglamento para la Administración de Estudiantes en Colegios y Universidades Ordinarios” establece que los estudiantes podrán ser expulsados por el colegio si concurren alguna de las siguientes circunstancias:
(1) El rendimiento académico no cumple con los requisitos La escuela requiere o no completa los estudios dentro del período de estudio estipulado por la escuela;
(2) No solicitar la reanudación de los estudios dentro del límite de tiempo estipulado por la escuela o no pasa la evaluación después de solicitar la reanudación;
(3) Según el diagnóstico del hospital designado de la escuela, el paciente padece una enfermedad o discapacidad accidental y no puede continuar estudiando en la escuela;
(4) No participar en las actividades docentes prescritas por la escuela durante dos semanas consecutivas sin aprobación;
(5) No registrarse dentro del límite de tiempo estipulado por la escuela y no realizar los procedimientos de suspensión de inscripción;
(6) Los estudiantes que no puedan completar sus estudios en otras circunstancias estipuladas por la escuela serán suspendidos de la escuela.
Los estudiantes que soliciten la suspensión de estudios pasarán por los procedimientos de suspensión después de ser revisados y aprobados por la escuela.