Testigos: nombre, sexo, fecha de nacimiento, ocupación, dirección, número de identificación, información de contacto y relación con el demandante (demandado).
Contenido del testimonio:
(Una narración de lo sucedido, describiendo principalmente el momento, lugar, el proceso de lo sucedido y los resultados vistos. Nota, escriba solo lo que vio el testigo o escuchado Hechos, no escribir inferencias, usar palabras concisas y claras)
Testigo: *** (firma, huella digital, dedo índice derecho, presionar nombre)
Año, mes y día
p>Adjunto: Copia de la cédula de identidad del testigo
El estado litigante del testigo es independiente del imputado, víctima, fiscal particular y tasador en comparación con otros sujetos del litigio. , el testigo tiene las siguientes características básicas:
p>(1) Los testigos deben comprender las circunstancias del caso. Conocer las circunstancias del caso es una característica esencial de un testigo y un requisito previo para convertirse en testigo. La comprensión del testigo de los hechos del caso se forma durante o después de que ocurren los hechos del caso. En el litigio, el testigo reproduce la memoria formada antes a través del lenguaje y la escritura, y se convierte en el testimonio del testigo.
(2) La obligación de declarar de los testigos. Es obligación del testigo comparecer ante el tribunal a declarar. Los testigos no podrán negarse a declarar por ningún motivo a menos que cumplan las condiciones previstas por la ley.
(3) Obligatorio. Los testigos deben brindar su testimonio con sinceridad al testificar. Si cometen perjurio u ocultan pruebas penales, serán considerados legalmente responsables.
Base legal:
El artículo 61 de la “Ley de Procedimiento Penal” estipula que el testimonio de los testigos debe ser contrainterrogado y verificado por el fiscal, la víctima, el imputado y el defensor. ante el tribunal antes de que pueda servir de base para finalizar la decisión. Cuando el tribunal tenga conocimiento de que un testigo tiene la intención de dar falso testimonio u ocultar pruebas criminales, lo manejará conforme a la ley. Artículo 62: Todo aquel que conozca las circunstancias de un caso tiene la obligación de declarar. Las personas que tengan deficiencias físicas o mentales o que sean jóvenes e incapaces de distinguir el bien del mal o expresarse correctamente no pueden ser testigos.
Los testigos deben declarar los hechos específicos que han experimentado personalmente. Los testimonios formados a partir de información obtenida a través de canales indirectos no pueden utilizarse por sí solos como prueba final.
El artículo 46 del "Reglamento de Prueba en Litigios Administrativos" estipula que los juicios, especulaciones o comentarios hechos por testigos basados en sus experiencias no pueden utilizarse como base para finalizar un caso.