1. Varias disposiciones sobre el plazo de prescripción del procesamiento
Según el derecho penal, el plazo de prescripción del procesamiento se divide en cinco años, diez años, quince años y veinte años.
(1) Si la pena máxima legal es inferior a cinco años de prisión de duración determinada, el procesamiento ya no podrá continuar después de cinco años.
(2) Si la pena máxima legal es superior a cinco años pero inferior a diez años, no se iniciará ningún proceso después de diez años.
(3) Si la pena máxima legal es de prisión de duración determinada superior a diez años, no se iniciará ningún proceso después de quince años.
(4) Si la pena máxima legal es cadena perpetua o muerte, transcurridos veinte años; si se considera necesario procesar después de 20 años, se deberá informar a la Fiscalía Suprema Popular para su aprobación.
2. Cálculo del plazo de prescripción
(1) El plazo para la persecución se computa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley Penal, y el plazo para El procesamiento se calcula a partir de la fecha del delito. La fecha del delito generalmente se refiere a la fecha en que se estableció el delito, pero también existen circunstancias especiales.
Al mismo tiempo, se debe prestar atención a la fecha en que se estableció el delito, no a la fecha en que se completó.
(2) Plazo para la persecución. El plazo de persecución se computará desde la fecha del delito hasta la fecha del juicio. Siempre que el plazo de prescripción no haya expirado el día del juicio, puede demandar.
(3) Prórroga del plazo de persecución. La ampliación del plazo de persecución se refiere a la suspensión temporal de la ejecución del plazo de prescripción por circunstancias previstas por la ley. En concreto, incluye los dos tipos siguientes:
(1) Según el primer párrafo del artículo 88 de la "Ley Penal", la Fiscalía Popular, los órganos de seguridad pública y los órganos de seguridad nacional presentan un caso para investigación o el Tribunal Popular acepta el caso. Posteriormente, aquellos que evaden la investigación o la grabación de vídeo no están sujetos al plazo de prescripción para el procesamiento. Entonces podemos saber que el caso de homicidio en la Universidad Médica de Nanjing en los últimos dos días no está sujeto a prescripción.
Al mismo tiempo, según el segundo párrafo del artículo 88 de la "Ley Penal", si la víctima presenta una denuncia dentro del plazo del procesamiento, el tribunal popular, la fiscalía popular y los órganos de seguridad pública deben presentar el caso pero no presentarlo, y el estatuto de limitaciones no se aplicará.
Al mismo tiempo, cabe señalar también que, además de las dos primeras situaciones, si el autor comete un nuevo delito, seguirá estando limitado por el plazo de prescripción.
En tercer lugar, la interrupción del plazo de prescripción
(1) La interrupción del plazo de prescripción se refiere a la continuación del plazo de prescripción, es decir, durante el plazo de prescripción limitaciones, por concurrencia de causas legales, el régimen legal de prescripción Recalcular.
De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 89 de la Ley Penal, si se comete un nuevo delito dentro del plazo de persecución, el plazo de prescripción para el procesamiento del delito anterior se computará a partir de la fecha de la comisión del delito posterior.
(2) Preste atención a las siguientes cuestiones
1. En * * * un mismo delito, el plazo de prescripción para la persecución de los delincuentes se interrumpe y no se afectan entre sí. . Por ejemplo, Zhang San y Li Si * * * cometieron el crimen A. Después de un tiempo, Li Si cometió un nuevo crimen B, por lo que Li Si volvió a calcular y Zhang San calculó de acuerdo con el plazo de prescripción original.
4. Entre los infractores implicados, el acto delictivo anterior será interrumpido por el acto delictivo posterior y se recalculará el cómputo.
3. Si el autor comete dos delitos seguidos, si el primero ha prescrito y el segundo no ha prescrito, sólo podrá perseguirse este último.
Cuestiones de delincuencia transfronteriza. Este último delito debe ser un delito previsto en la legislación penal de nuestro país y tiene competencia.