A menos que las autoridades financieras y fiscales del Consejo de Estado estipulen lo contrario, los gastos de educación de los empleados incurridos por la empresa no podrá exceder del 2,5% del total de sueldos y salarios.
Solía ser el estándar de acumulación, pero después de 2008 fue el estándar de gasto real antes de impuestos 2.5.