Reglamento sobre Reconsideración Administrativa de Recursos Naturales
Artículo 14
Si el demandado no está satisfecho con la divulgación de información del gobierno responde y solicita reconsideración administrativa y se encuentra bajo cualquier de las siguientes circunstancias, la autoridad administrativa de revisión puede rechazar la solicitud de revisión administrativa:
(1) Para solicitar el suministro de información gubernamental que ha sido divulgada voluntariamente, o para solicitar la divulgación de información gubernamental que la el solicitante ya lo sabe, la autoridad de recursos naturales deberá manejar y responder de acuerdo con la ley;
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(2) Requerir que las autoridades de recursos naturales produzcan y recopilen información gubernamental y resuma, analice y procese información gubernamental existente, y las autoridades de recursos naturales manejarán y responderán de acuerdo con la ley;
(3) ) El solicitante lleva a cabo peticiones, quejas, informes y otras actividades en forma de divulgación de información gubernamental. solicitud, y el departamento de recursos naturales informa al solicitante que no será tratada como una solicitud de divulgación de información gubernamental;
(4) La información gubernamental del solicitante La solicitud de divulgación cumple con las disposiciones del Punto 3, Punto 5 , Puntos 6 y 7 del Artículo 36 del "Reglamento de la República Popular China sobre Divulgación de Información Gubernamental", y las autoridades de recursos naturales manejarán y responderán de acuerdo con la ley;
(5) Las demás circunstancias que establezcan las leyes y reglamentos.
Si se cumple lo dispuesto en el párrafo anterior, la autoridad de revisión administrativa no podrá exigir al demandado que proporcione respuesta escrita, pruebas y fundamentos.