El desarrollo histórico del derecho natural

Desarrollo

Los sofistas se originaron en la filosofía griega antigua y distinguieron entre "naturaleza" y "ley", creyendo que la "naturaleza" es sabia y eterna, mientras que la ley es arbitraria y sólo conveniente.

Sócrates, Platón y Aristóteles creían que los estándares eternos podían usarse como referencia para evaluar los méritos de las leyes escritas. Entre ellos, Aristóteles creía que existía una ley natural o justicia que tenía igual autoridad en todas partes y podía descubrirse a través de la razón. Los estoicos introdujeron una nueva visión y concibieron una ley natural igual, creyendo que la razón es común a todas las personas y que el estado de naturaleza es un estado armonioso controlado por la razón, pero que ha sido destruido por el egoísmo, por lo que debemos volver a la estado de naturaleza y vivir según la razón, es decir, según la naturaleza. De ahí surgió la idea de derecho natural en el derecho romano.

Los eruditos del derecho canónico medieval estaban acostumbrados a hacer que la ley natural fuera consistente con la ley de Dios, pero algunos eruditos enfatizaban la racionalidad de Dios en la ley natural, y otros enfatizaban la voluntad de Dios.

Después de la Ilustración, la teoría del derecho natural finalmente se convirtió en una ideología racionalista independiente. Por independencia entendemos independencia de la iglesia y la teología. El jurista holandés Grocio creía que el universo acepta las reglas del derecho natural y que el hombre natural está constituido por las normas que inevitablemente surgen de la naturaleza básica del hombre. El Hobbes británico propuso la hipótesis del contrato social, creyendo que el contrato social es un contrato que otorga al gobernante derechos de gestión para deshacerse del estado de naturaleza egoísta y cruel, pero el gobernante debe respetar las leyes de la naturaleza.

Influencia histórica

La escuela de derecho natural es la escuela jurídica predominante en el mundo actual. Figuras representativas incluyen a Grocio, Locke, Montesquieu, Rousseau, Burns, Jefferson, etc. La escuela de derecho natural presta especial atención a los fundamentos objetivos y los objetivos de valor de la existencia del derecho, a saber, la naturaleza humana, la racionalidad, la justicia, la libertad, la igualdad y el orden, y concede gran importancia a la exploración de los objetivos de valor últimos y los fundamentos objetivos. de derecho.