La "Ley de Educación Profesional" estipula claramente que la educación de escuelas vocacionales superiores será implementada por escuelas vocacionales superiores y colegios y universidades ordinarios con niveles de educación universitaria, universitaria y superior. El establecimiento de escuelas profesionales superiores con títulos universitarios o superiores estará sujeto a la aprobación del departamento de administración educativa del Consejo de Estado. Este es un punto destacado de esta revisión.
La integración de la educación general y la formación profesional se ha aclarado a nivel legal y es necesario mejorar aún más algunas medidas de apoyo.
Por ejemplo, hay nuevas disposiciones en la Ley de Educación Profesional: aquellos que hayan recibido educación escolar vocacional superior y cuyo nivel académico alcance los estándares de grado prescritos por el estado pueden solicitar el título correspondiente de acuerdo con la ley. Algunos expertos señalaron que es necesario aclarar más qué tipo de títulos se deben otorgar y los estándares que se deben cumplir al otorgarlos.