1. ¿Cuáles son las ocho revelaciones en la investigación de delitos relacionados con el deber? Las ocho revelaciones en la investigación de delitos relacionados con el deber se refieren a: (1) Divulgación de información durante la presentación e investigación del caso. Para los casos de delitos relacionados con el deber que se hayan presentado, se divulgará la identidad del sospechoso del delito, el momento en que se presentó el caso, el presunto delito y la unidad que maneja el caso. (2) Divulgación de información sobre arrestos. Para los casos de delitos relacionados con el deber que hayan sido arrestados, se informará públicamente la fecha del arresto, la autoridad para tomar decisiones, la fecha de la decisión de arresto, la fecha de ejecución del arresto, el delito sospechoso, el lugar de detención y la unidad que maneja el caso. (3) Divulgación de información sobre la finalización de la investigación. Para los casos de delitos relacionados con el deber que hayan concluido, se divulgará el momento de finalización de la investigación, los delitos sospechosos, los dictámenes de manejo y las unidades de manejo de casos. (4) Divulgación de revisión de transferencias e información de procesamiento. Para los casos de delitos relacionados con el deber que han sido transferidos para revisión y enjuiciamiento, el momento de la transferencia para revisión y enjuiciamiento, el momento de regreso para investigación complementaria, el momento de la retransferencia para revisión y enjuiciamiento, el presunto delito y la unidad El manejo del caso será revelado. (5) Divulgación de información sobre entrevistas con abogados. En los casos de delitos oficiales que no requieran autorización para reunirse según la ley, se informará públicamente a los sospechosos y a los abogados defensores. En casos penales de soborno especialmente graves, si el abogado defensor solicita una reunión durante la investigación, se divulgará la aceptación y tramitación de la solicitud de permiso. (6) Divulgación de información sobre los resultados de la enajenación de los bienes involucrados en el caso. Para los casos de delitos relacionados con el deber en los que los bienes involucrados en el caso han sido sellados, incautados o congelados, el momento en que los bienes involucrados en el caso fueron incautados, incautados o congelados, los resultados del procesamiento, el momento en que se realizó la incautación, se levantó el embargo o congelamiento de los bienes involucrados en el caso, y se revelará la unidad que maneja el caso. (7) Divulgación de información sobre el manejo de violaciones de leyes y disciplinas por parte de los encargados de casos. Todas las violaciones de las leyes y disciplinas que ocurran en el manejo de casos de delitos relacionados con el trabajo serán investigadas seriamente y tratadas de acuerdo con la ley y las disciplinas. Después de la verificación, la aceptación, revisión y resultados de las violaciones de las leyes y disciplinas por parte del personal de manejo. hacerse pública en el momento oportuno. (8) Divulgación de información sobre los plazos de tramitación de casos. En los casos de delitos relacionados con el deber para los cuales se hayan adoptado medidas coercitivas, se hará público el tipo, fecha y período de la decisión y ejecución de las medidas coercitivas. 2. Requisitos de las medidas cautelares Entre las ocho medidas cautelares, la primera prohíbe estrictamente el manejo no autorizado de pistas del caso, investigaciones preliminares arbitrarias y la adopción de medidas obligatorias para restringir los derechos personales y de propiedad del sujeto investigado durante la investigación preliminar. Las ocho prohibiciones reiteran que está estrictamente prohibido impedir u obstaculizar que los abogados se reúnan con sospechosos de delitos de conformidad con la ley. En los casos en que la ley estipule que no se requiere permiso para la entrevista, no se deben establecer obstáculos artificiales para interferir o afectar la reunión del abogado; en casos penales de soborno particularmente graves, la reunión del abogado también debe organizarse razonablemente en función de la situación del manejo del caso; . Dado que los delitos relacionados con el trabajo involucran principalmente actividades comerciales corporativas, para estandarizar la investigación de las empresas, las ocho prohibiciones también exigen que la interferencia ilegal con la producción normal y las actividades comerciales de las empresas involucradas esté estrictamente prohibida y el manejo ilegal de sellado, La incautación y el congelamiento de los bienes involucrados en el caso están estrictamente prohibidos. Las ocho prohibiciones exigen que los bienes públicos y privados sean sellados, detenidos o congelados arbitrariamente, o que los bienes embargados o congelados no sean devueltos en el momento oportuno de conformidad con la ley, o que sean malversados, malversados, divididos en privado, mantenidos en privado, intercambiados, prestado, comprado a un precio reducido o tratado de otra manera en violación de las leyes y regulaciones. Si se incautan o congelan dinero, propiedades e intereses, quienes toman las decisiones y los ejecutores serán responsables de sus responsabilidades disciplinarias y legales de acuerdo con las disciplinas. y leyes. Si un ciudadano se aprovecha de su posición para cometer cualquier acto que viole las normas estatales en el trabajo, y al mismo tiempo busca los beneficios correspondientes para sí mismo, ha cometido un delito laboral. Los delitos laborales generalmente incluyen incumplimiento del deber, infracción y aceptación de sobornos. Si se comete un delito, las autoridades judiciales sancionarán al sospechoso basándose en las circunstancias específicas del caso y sus consecuencias.