Base Legal
Artículo 239 de la Ley Penal
Quien secuestrare a otra persona con el fin de extorsionarle bienes o secuestrare a otra persona como rehén, será sancionado con pena de prisión de no menos de diez años o cadena perpetua, y será multado o confiscado sus bienes si las circunstancias son relativamente menores, será condenado a pena de prisión de no menos de cinco años pero no más de diez. años, y también será multado.
El que comete el delito del párrafo anterior y mata al secuestrado, o hiere intencionalmente al secuestrado, causándole lesiones graves o la muerte, será condenado a cadena perpetua o muerte, y sus bienes serán confiscados.
Quienes roben bebés con el fin de extorsionar bienes serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en los dos párrafos anteriores.