Las oficinas penitenciarias de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central revisan las recomendaciones de conmutación y libertad condicional. El subdirector a cargo convocará a los departamentos pertinentes, como el de ejecución de penas, para su revisión e informará al director. para su aprobación, en caso de ser necesario, podrá convocarse a reunión de dirección para la toma de decisiones. Capítulo 2 Procedimientos para la solicitud de conmutación y libertad condicional en los establecimientos penitenciarios Artículo 7 Al solicitar la conmutación y la libertad condicional, todos los agentes policiales se reunirán en el área subpenitenciaria para plantear colectivamente opiniones y sugerencias con base en las condiciones establecidas por la ley y el desempeño del recluso en cumpliendo su sentencia, que será revisada y aprobada por la reunión de la oficina del director de la prisión, informar al departamento de ejecución de penas penitenciarias (administración penitenciaria) para su revisión.
Para los subdistritos directamente bajo la prisión o para los distritos penitenciarios sin subdistritos, todos los agentes de policía llevarán a cabo deliberaciones colectivas, harán recomendaciones sobre la conmutación y la libertad condicional y las presentarán a la ejecución de la pena de prisión (administración penitenciaria). ) departamento para revisión.
La deliberación colectiva de los subdistritos, subdistritos directos o distritos carcelarios sin subdistritos, así como la revisión de la reunión del despacho del director, deberán constar por escrito y firmada por los participantes. Artículo 8 Al solicitar conmutación o libertad condicional de un distrito penitenciario y sus subdistritos directamente afiliados, se deberán presentar los siguientes materiales:
(1) Formulario de revisión de conmutación penal (libertad condicional);
(2) Actas penitenciarias de las reuniones de la jefatura o actas de deliberación colectiva de los subdistritos y prisiones directamente afiliadas;
(3) Copias de sentencias, fallos y fallos anteriores del Tribunal de Apelación Final que conmutan sentencias ;
(4) Lista de evaluación de puntuación de delincuentes, formulario de aprobación de recompensas y castigos, formulario de identificación de delincuentes y otros materiales de apoyo relevantes. Artículo 9: Después de recibir materiales de delincuentes que pretenden solicitar conmutación o libertad condicional, el departamento de ejecución de penas de prisión (administración penitenciaria) revisará los siguientes asuntos:
(1) Si los materiales presentados están completos, completos y estandarizado;
(2) Determinar si el criminal efectivamente se ha arrepentido o realizado un servicio meritorio o realizado un servicio meritorio importante;
(3) Si la recomendación de conmutación o libertad condicional es apropiada;
(4) Si el delincuente cumple con las condiciones legales de conmutación y libertad condicional.
Una vez que el departamento de ejecución de penas (administración penitenciaria) complete la revisión, emitirá opiniones de revisión y las presentará al comité de revisión de conmutación de prisión y libertad condicional para su revisión junto con los materiales presentados por el distrito penitenciario o directamente afiliado. distrito subcarcelario. Artículo 10 El comité de revisión de conmutación de prisión y libertad condicional convocará una reunión para revisar las recomendaciones de conmutación y libertad condicional presentadas por el departamento de ejecución de penas (administración penitenciaria). La reunión deberá contar con un acta escrita firmada por los participantes. Artículo 11 Después de la revisión, el comité de revisión de conmutación de prisión y libertad condicional publicará en la prisión la lista de delincuentes que pretenden solicitar conmutación o libertad condicional y sus opiniones sobre la conmutación y libertad condicional. El plazo de publicidad es de 7 días hábiles. Durante el período de publicidad, si la policía o los delincuentes tienen objeciones al contenido de la publicidad, la prisión la presentará a la Junta de Revisión de Conmutación y Libertad Condicional para su revisión y notificará los resultados de la revisión. Artículo 12 Después de que la prisión presente al comité de revisión de conmutación y libertad condicional para completar los procedimientos de revisión y publicidad, presentará la propuesta y el informe de revisión a la reunión de la oficina del director de la prisión para su revisión y decisión. Artículo 13: Si la oficina del director decide solicitar la conmutación o la libertad condicional, el director firmará un dictamen en el formulario de aprobación de la conmutación penal (libertad condicional), lo sellará con el sello oficial de la prisión y la ejecución de la pena de prisión (administración penitenciaria). El departamento preparará una propuesta de conmutación o libertad condicional de conformidad con la ley. La propuesta, junto con los materiales pertinentes, se presentará al Tribunal Popular para su decisión.
Si los delincuentes enumerados en el artículo 4 de este reglamento deciden solicitar la conmutación o la libertad condicional, la prisión deberá presentar el "Formulario de aprobación de conmutación de condena (libertad condicional)" junto con los materiales pertinentes a la región provincial, autónoma, o la oficina de administración penitenciaria del municipio para su revisión.
Artículo 14 Al solicitar al Tribunal Popular que se pronuncie sobre la conmutación o la libertad condicional, una prisión deberá presentar los siguientes materiales:
(1) Solicitud de conmutación de pena o solicitud de libertad condicional;
( 2) Tribunal de Apelación Final Copias de sentencias, fallos y resoluciones anteriores sobre conmutación de pena;
(3) Prueba escrita de hechos específicos que demuestren el arrepentimiento o servicio meritorio del delincuente;
( 4) Superficie de aprobación del formulario de identificación criminal, recompensa y castigo.
Si los delincuentes enumerados en el artículo 4 de este reglamento solicitan la conmutación o la libertad condicional, deberán presentar además el "Formulario de Aprobación de Conmutación (Libertad Condenada)" firmado por la dirección penitenciaria de la provincia, región autónoma o municipio. directamente bajo el Gobierno Central.