Existen dos principios básicos para determinar el alcance del conocimiento de los secretos de Estado: el principio de necesidades de trabajo y el principio de minimización.
1. El principio de las necesidades laborales es determinar el alcance del conocimiento de los secretos de estado. Primero debe determinarse en función de las necesidades laborales. El conocimiento de los secretos de estado no debe considerarse simplemente como una especie de tratamiento político. , o los niveles administrativos no deben considerarse como base determinante para conocer el alcance. Es una práctica aceptada internacionalmente considerar las necesidades laborales como un requisito previo para conocer secretos de Estado.
2. El principio de minimización significa que, siempre que sea posible, el alcance del conocimiento de los secretos de Estado debe limitarse en última instancia a personal específico. Si puede limitarse a personal específico, debe limitarse a personal específico; si no puede limitarse a personal específico, debe limitarse a agencias y unidades gubernamentales, y las agencias y unidades gubernamentales deben limitarlo a personal específico. Sólo limitándolos a personal específico los secretos de Estado podrán ser verdaderamente controlables y manejables, lo que ayudará a tomar medidas específicas de gestión de la confidencialidad y facilitará la investigación y el manejo oportuno y preciso de las filtraciones después de que ocurran.
La destrucción de portadores de secretos de estado debe pasar por los procedimientos de inventario, registro y aprobación, y enviarse a la agencia de trabajo de destrucción establecida por el departamento administrativo de secreto o la unidad designada por el departamento administrativo de secreto para destrucción. Si las agencias o unidades destruyen por sí solas una pequeña cantidad de portadores de secretos de estado debido a necesidades laborales, deben utilizar equipos y métodos de destrucción que cumplan con los estándares nacionales de confidencialidad.
Cuando se limite el alcance del conocimiento de secretos de Estado, sólo podrá hacerse entre agencias, unidades o personal relacionado con el trabajo. Si el conocimiento no es necesario para el trabajo, no deberá incluirse en el alcance. del conocimiento, especialmente si no puede ser conocido. Trate el conocimiento de los secretos de Estado como una especie de tratamiento político, y no es apropiado utilizar el nivel administrativo como base para limitar el alcance del conocimiento de los secretos de Estado.
Ampliación relevante:
"Disposiciones provisionales sobre la gestión de la clasificación de secretos de Estado"
Artículo 4: La clasificación de agencias y unidades debe ajustarse a los principios de minimización y precisión, para lograr poderes y responsabilidades claros, base suficiente, procedimientos estandarizados, oportunos y precisos, que no sólo garanticen la seguridad de los secretos nacionales, sino que también faciliten el uso racional de los recursos de información.
Artículo 5: Las agencias y unidades llevarán a cabo trabajos de confidencialidad de acuerdo con la ley, establecerán y mejorarán los sistemas de gestión pertinentes, organizarán capacitaciones e inspecciones periódicas y aceptarán la orientación y orientación del departamento administrativo de confidencialidad y del superior. agencias, unidades o autoridades de supervisión empresarial.