Base jurídica: Derecho Penal de la República Popular China.
Artículo 249: El que incite al odio étnico o a la discriminación, si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión criminal, vigilancia pública o privación de derechos políticos; si las circunstancias son especialmente graves, será condenado a una pena de prisión no inferior a tres años y a diez años de duración no superior a un año.
Artículo 250: Quien publique contenidos que discriminen o insulten a minorías étnicas en publicaciones, y las circunstancias sean atroces y causen consecuencias graves, el responsable directo será sancionado con prisión de no más de tres años, detención penal o vigilancia.