Quienes falsifican títulos académicos son delitos graves y son sospechosos de falsificar, alterar o comprar y vender documentos oficiales, certificados y sellos de organismos estatales y tendrán responsabilidad penal.
El artículo 280 de la "Ley Penal" estipula: Artículo 280 Quien falsifique, altere, comercialice o explote, robe o destruya documentos, certificados o sellos oficiales de organismos estatales, será sancionado con tres años de prisión. Las personas serán condenadas a prisión de duración determinada, detención penal, vigilancia pública o privación de derechos políticos, y también se les impondrá multa si las circunstancias son graves, se les impondrá pena de prisión de duración determinada no inferior a tres años pero no; más de diez años, y también será multado.