Subjetividad jurídica:
Siempre que ambas partes firmantes del contrato reconozcan la firma, el mismo es jurídicamente vinculante. En términos generales, el sello de firma debe registrarse ante el órgano de seguridad pública, entonces dicho sello de firma tiene efecto legal. Debido a que el sello de la firma es difícil de autenticar, será difícil resolver cualquier disputa que surja del contrato.