De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley de la Función Pública, los funcionarios que ocupen puestos no directivos inferiores al nivel de secretario jefe y otros puestos equivalentes serán contratados mediante concursos públicos, inspecciones estrictas y competencia igualitaria. y admisiones basadas en méritos.
Sin embargo, no existe normativa sobre la forma y el contenido de los exámenes públicos.