¿Cuáles son las consecuencias de grabar el sello oficial de la universidad de forma privada?

El artículo 280 de la Ley Penal establece claramente que quien falsifique, altere, comercialice o robe, incaute o destruya documentos, certificados o sellos oficiales de organismos estatales será condenado a pena privativa de libertad no superior a tres años, penalmente detención, vigilancia pública o privación de derechos políticos si las circunstancias son graves, será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años;

PD: La consecuencia más grave de grabar el sello oficial de la universidad de forma privada es que puedes ser condenado a una pena de prisión fija de no menos de tres años pero no más de diez años.