(1) Auditoría universitaria (disciplina).
Para los resultados de investigaciones científicas presentados por estudiantes de posgrado, la universidad (grupo de materias) debe verificar si la hora de publicación, el nivel de publicación, la firma y el estado de la publicación son auténticos y registrarlos en el sistema de información de títulos.
(2) Revisión por la Subcomisión de Evaluación de Títulos.
El secretario del subcomité de evaluación de títulos revisará si el número de trabajos publicados por el estudiante (publicados o publicados en línea o con certificado de revisión) y la calificación de los trabajos publicados cumplen con los requisitos para la solicitud de título. Quienes cumplan con las condiciones de solicitud de título serán sometidos al Subcomité de Evaluación de Título para su discusión y revisión. Aquellos que no cumplan con las condiciones de solicitud de título no serán discutidos por el Subcomité de Evaluación de Título y el título podrá ser pospuesto.
(3) Revisión por la Comisión de Evaluación de Títulos.
Si no ha sido discutido y aprobado por el Subcomité de Evaluación de Títulos, no se discutirá en la reunión.