El período de protección de los derechos de autor se refiere al período durante el cual los derechos de autor están protegidos por la ley o el período de validez de los derechos de autor. Durante el período de protección de los derechos de autor, los derechos de autor de la obra están protegidos por la ley; cuando expiran, los derechos de autor se pierden y la obra pasa al dominio público y ya no está protegida por la ley. En nuestro país, los plazos de protección de los derechos personales y de los derechos de propiedad de las obras se estipulan por separado. Entre los derechos personales de las obras, el derecho a autorizar, modificar y proteger la integridad de la obra están permanentemente protegidos por la ley. El período de protección del derecho de publicación es el mismo que el período de protección de los derechos de propiedad en materia de derechos de autor. Después de la muerte de un ciudadano como autor, o del cambio o extinción de una persona jurídica o entidad no jurídica, su derecho a autorizar, modificar y proteger la integridad de su obra sigue protegido por la Ley de Derecho de Autor. El período de protección de los derechos de propiedad de las obras es limitado, el cual varía según el objeto del derecho de autor y la naturaleza de la obra: (1) El autor de la obra es un ciudadano, y el período de protección de los derechos de propiedad de las obras es limitado. La obra se cumple 50 años de la vida y muerte del autor. Después de la muerte del autor, el período de protección comienza en 65438+1 en el año siguiente a la muerte del autor y finaliza en 65438+31 en el año 50. (2) Para los derechos de autor (excepto el derecho de autoría) de obras de personas jurídicas o entidades no jurídicas, el derecho a publicar, utilizar y recibir una remuneración del que disfrutan las personas jurídicas o entidades no jurídicas tiene un período de protección de cincuenta años. pero dentro de los cincuenta años posteriores a la creación de la obra, las obras no publicadas ya no están protegidas por la ley de derechos de autor. (3) El derecho de publicación, uso y remuneración de obras cinematográficas, televisivas y de vídeo, y los derechos de autor de obras fotográficas están protegidos por un período de cincuenta años. El derecho de publicación, uso y remuneración de obras colaborativas está protegido por cinco años. después de la vida y muerte del autor Diez años, pero el cómputo de cincuenta años se inicia a partir del momento de la muerte del último coautor. (5) El período de protección del derecho a utilizar y recibir remuneración por una obra cuyo autor se desconoce es de 50 años y finaliza el 65438 + 31 de febrero del año 50 después de la primera publicación de la obra. Sin embargo, una vez determinada la identidad del autor, se aplican las disposiciones generales de la ley de derechos de autor. (6) Los derechos de publicación exclusivos de las unidades editoriales de libros. Según el contrato, los derechos de publicación exclusivos del editor del libro no excederán los 65.438+00 años y el contrato puede renovarse al vencimiento. (7) El período de protección del derecho a utilizar y recibir remuneración por obras de audio y vídeo es de cincuenta años y finaliza el 65438 + 31 de febrero, quincuagésimo año después de la primera publicación de la obra. (8) El período de protección del derecho a utilizar programas de radio y televisión y del derecho a recibir una remuneración es de 50 años, finalizando el 65438 + 31 de febrero del quincuagésimo año después de la emisión.
Objetividad jurídica:
Artículo 22 de la "Ley de Derecho de Autor de la República Popular China"* * *El derecho del autor a la firma, el derecho de modificación y el derecho a proteger la integridad de la obra no está sujeta al plazo de protección. El artículo 23 de la "Ley de Derecho de Autor de la República Popular China" estipula que el derecho a publicar obras de personas físicas y los derechos estipulados en los puntos 5 a 17 del artículo 10, párrafo 1 de esta Ley estarán protegidos durante la vida de la autor y cincuenta años después de su muerte, el plazo es 65438 + 31 de febrero, quincuagésimo año después de la muerte del autor; si se trata de un trabajo colaborativo, el plazo es 65438 + 31 de febrero, quincuagésimo año después de la muerte de; el último autor fallecido. Para las obras audiovisuales, el derecho de publicación está protegido por cincuenta años, terminando el 65438+31 de febrero, quincuagésimo año después de la creación de la obra, los derechos previstos en los numerales 5 a 17 del artículo 10, párrafo 1 de esta Ley; El período es de cincuenta años y finaliza el 65438 + 31 de febrero, quincuagésimo año después de la primera publicación de la obra. Sin embargo, si la obra no se publica dentro de los cincuenta años siguientes a su creación, esta ley dejará de protegerla.