La primera es por el tipo de actividades de interpretación, y la segunda es por la forma de actividades administrativas.
Desde la perspectiva de la interpretación de actos jurídicos, la interpretación de actos administrativos específicos es un nuevo tipo de actividad interpretativa. En la práctica jurídica, la interpretación está en todas partes. Entre ellas, de lo que más se habla sin duda es de la explicación de conductas abstractas que no fijan derechos y obligaciones para ninguna persona concreta, es decir, de la explicación jurídica. Entre las actividades específicas que establecen derechos y obligaciones para personas específicas se encuentran la interpretación de contratos, promesas o testamentos, y la interpretación de documentos judiciales. La validez de la interpretación de un acto administrativo específico se remonta al momento en que se realizó el acto administrativo original, que es lo mismo que la interpretación de otros actos jurídicos.
Desde la perspectiva de la forma de las actividades administrativas, la explicación de acciones administrativas específicas es una actividad administrativa relativamente independiente. En primer lugar, además del establecimiento, rectificación, modificación, cancelación, etc., uno de ellos puede explicarse como la forma de las actividades administrativas. En segundo lugar, decimos que la interpretación de un acto administrativo específico debe basarse en un acto administrativo específico que haya sido establecido. Sin el acto administrativo específico original no hay acto de interpretación. Por tanto, frente al acto administrativo específico originario, la interpretación es un acto administrativo subordinado, de carácter subsidiario y supletorio. Sin embargo, la interpretación también puede ser una forma independiente de actividad administrativa. Como muestra el caso Zhang Liming, las partes no pueden objetar el acto administrativo original, sino sólo su interpretación.