Respuesta: El denominado sistema de denegación de personalidad jurídica, también conocido como “levantamiento del velo de la sociedad”, se refiere a la implementación de la independencia formal de una sociedad con personalidad jurídica de acuerdo con el objeto de el sistema de personas jurídicas, tendrá consecuencias que violan la justicia y la equidad. En determinados casos específicos, se puede negar su personalidad jurídica y la empresa y sus accionistas pueden considerarse jurídicamente una sola entidad. El párrafo 3 del artículo 20 de la "Ley de Sociedades" estipula: "El accionista de una empresa que abusa de la condición independiente de una empresa como persona jurídica y de la responsabilidad limitada de los accionistas para evadir deudas y perjudica gravemente los intereses de los acreedores de la empresa deberá pagar conjuntamente y responsabilidad solidaria por las deudas de la empresa”. Se trata de la negación de la personalidad jurídica.
La esencia del sistema de denegación de personalidad jurídica corporativa: no se trata de negar completamente la personalidad independiente de las personas jurídicas, sino de negar la personalidad jurídica y la responsabilidad limitada de los accionistas en relaciones jurídicas específicas sobre la premisa de reconocer que la empresa tiene personalidad jurídica, persiguen directamente la responsabilidad de los integrantes que están detrás de la empresa. De hecho, la personalidad independiente de una empresa y la responsabilidad limitada de los accionistas son las características jurídicas básicas de las personas jurídicas corporativas y la base del sistema corporativo moderno. La denegación de la personalidad jurídica corporativa es solo una excepción. El sistema de personalidad jurídica corporativa se mantiene. y mejorado modificando el principio de responsabilidad limitada. También es una especie de alivio ex post del desequilibrio de intereses entre las partes de la empresa.
La base teórica de este sistema es que la razón por la cual la ley confiere la condición de persona jurídica a un determinado grupo se basa en la valoración social del grupo y en los medios adoptados desde la política legislativa. Es decir, cuando la ley considere que el grupo tiene el valor de ser sujeto de derechos, sólo lo reconocerá como persona jurídica en términos de política jurídica, por tanto, si la condición de persona jurídica pasa a ser una completa ficción, o. Se abusa de la condición de persona jurídica, la persona jurídica aún será reconocida. La calificación no cumple con el propósito original de reconocer la calificación de una persona jurídica. En este momento, se hace necesario negar la personalidad de la persona jurídica.
La orientación de valor de este sistema es que la ley debe afirmar plenamente el valor de la personalidad independiente de una empresa, tomar el mantenimiento de la personalidad independiente de la empresa como principio general y alentar a los inversores a garantizar que no asumen riesgos personales sobre las deudas de la empresa. Tienen el coraje de invertir una cierta cantidad de dinero en la empresa, pero no pueden tolerar que los accionistas utilicen la empresa para realizar actividades ilegales y buscar beneficios extralegales. como complemento necesario y beneficioso a la independencia de la personalidad corporativa, para que ambas formen una función armoniosa y complementaria. Esto también supera muchas deficiencias del sistema de responsabilidad limitada de accionistas.
Para evitar que la existencia del sistema empresarial se vea afectada negativamente, se debe restringir estrictamente la aplicación del sistema de denegación de personalidad de la empresa. Sus situaciones habituales de aplicación son: en primer lugar, confusión de propiedad; de personalidad, es decir, confusión entre la empresa y No existe una distinción estricta de personalidad entre los miembros de la empresa o con otras empresas, tercero, utilizando la empresa para evadir obligaciones acordadas; cuarto, utilizando la empresa para evadir obligaciones legales; Para evitar que se abuse del sistema de denegación de la personalidad corporativa, se suelen estipular dos excepciones en el lado opuesto: en primer lugar, la contraparte del contrato incumple primero el contrato; en segundo lugar, la persona jurídica y sus miembros reclaman cualquier denegación de la personalidad jurídica; persona para sus propios intereses.