Capítulo 4 de "Medidas para la Gestión de Asociaciones de Estudiantes de Southwest University"

Artículo 22 Al comienzo de cada año escolar, después de que se registren los nuevos miembros, los presidentes de cada club informarán los ingresos de las cuotas de membresía al comité de la liga juvenil escolar para su registro.

Artículo 23: Cuando un club realice actividades, deberá presentar previamente un plan de actividades y un plan de financiamiento al Comité de la Liga Juvenil y al Departamento de Sociedades de la escuela para su aprobación.

Artículo 24: Los clubes que no realicen actividades durante un semestre consecutivo se considerarán automáticamente disueltos y se cancelará su calificación.

Artículo 25: Las actividades interescolares deben solicitarse al comité de la liga juvenil escolar con dos semanas de antelación y solo podrán realizarse después de su aprobación.

Artículo 26 Si se requieren tarifas adicionales para las actividades del club, se debe presentar una solicitud al comité de la liga juvenil escolar con dos semanas de anticipación y solo se podrá llevar a cabo después de obtener la aprobación.

Artículo 27: Las actividades a gran escala en las escuelas pueden ser organizadas por sociedades y deben ser aprobadas por el Comité de la Liga Juvenil y el Departamento de Sociedades de la escuela.

Artículo 28: La edición de publicaciones por parte de las asociaciones deberá ser aprobada por la Liga de la Juventud Comunista. El contenido de las publicaciones del club está sujeto al sistema de responsabilidad del maestro de clase, es decir, antes de su publicación, debe ser revisado por el comité de la liga juvenil de la escuela (sociedad de nivel escolar) o el maestro de clase del comité de la liga juvenil de la universidad (sociedad de nivel universitario). antes de imprimir. Las publicaciones de la sociedad no pueden difundirse fuera de la escuela sin permiso.

Artículo 29 Los fondos comunitarios generalmente son recaudados por la comunidad a través de los canales normales. Para actividades con un fuerte ambiente académico y gran importancia en el campus, el Comité de la Liga Juvenil proporcionará los subsidios que correspondan.

Artículo 30: Las sociedades que realicen actividades de autofinanciamiento mediante trabajo-estudio y otras formas según sus propias condiciones deberán ser aprobadas por el Comité de la Liga Juvenil y deberán reportar sus ingresos de capital al Comité de la Liga Juvenil.

Artículo 31: El equipamiento de las actividades del club deberá estar debidamente conservado y sujeto a la supervisión del comité de la liga juvenil escolar. La compra de equipo valioso por parte de un club debe ser aprobada por el Comité de la Liga Juvenil y el Departamento de Sociedades.