Subjetividad jurídica:
Tipos de sanciones administrativas: (1) Amonestación; (2) Multa; (3) Confiscación de ganancias ilícitas y bienes ilícitos (4) Orden de suspensión de producción; y negocios; (5) Suspensión o revocación de licencia, suspensión o revocación de licencia (6) Detención administrativa (7) Otras sanciones administrativas estipuladas en leyes y reglamentos administrativos; Objetividad jurídica:
Artículo 27 de la “Ley de Sanción Administrativa” Si una parte concurre alguna de las siguientes circunstancias, se le impondrá una pena administrativa más leve o reducida de conformidad con la ley: (1) Tomar la iniciativa para eliminar o reducir las consecuencias dañinas de actos ilegales; (2) Ser coaccionado por otros y cometer actos ilegales; (3) Cooperar con agencias administrativas para investigar y abordar actos ilegales y realizar servicios meritorios; o sanciones administrativas reducidas de conformidad con la ley. Si la infracción es menor y se corrige oportunamente sin causar consecuencias perjudiciales, no se impondrá ninguna sanción administrativa.