Las principales escuelas de jurisprudencia occidental y sus principales puntos de vista

Facultad de Derecho Natural

1) Discutir la naturaleza del derecho. La escuela de derecho natural cree que las leyes son esencialmente leyes objetivas, y las leyes formuladas por los legisladores deben basarse en leyes objetivas. Las leyes objetivas son la esencia del universo, la naturaleza, las cosas y las personas, y son un reflejo de la "racionalidad".

2) La ley proviene de la naturaleza eterna, la naturalidad, la sociabilidad y la racionalidad. La verdadera ley debe ser coherente con ella, especialmente coherente con la razón, o basarse en la razón, ser eterna y tener aplicabilidad universal.

3) La función y fin del derecho es realizar la voluntad general y la justicia.

4) El derecho y sus conceptos deben ser coherentes con los valores y conceptos morales de las personas. El derecho natural es el resultado de la búsqueda del ser humano de normas absolutas de justicia.

Jurisprudencia positivista

1) El foco de análisis es el derecho positivo o “derecho estricto”, es decir, el derecho “derecho nacional” promulgado por el Estado, más que cualquier derecho natural. . Debido a que este tipo de ley puede percibirse a través de la experiencia y es real, también se le llama ley real o ley empírica.

2) El derecho positivo o derecho nacional está formado por normas jurídicas y es un sistema de reglas o normas jurídicas.

3) El Derecho es neutral y sin valor, es decir, es una cosa puramente técnica e instrumental. "La ley mala es ley".

4) Un buen sistema de normas jurídicas formuladas por el cuerpo legislativo, es decir, un sistema de normas jurídicas formalmente racionales, tiene como objetivo resolver diversos problemas sociales. Los encargados de hacer cumplir la ley son sólo máquinas de razonamiento legal y no deberían tener discreción alguna.

Facultad de Derecho Social

El derecho 1) es esencialmente un orden social. La ley real y primaria no son las normas jurídicas promulgadas por el legislador nacional, sino el orden en la legislación de la sociedad o el orden dentro de la unión humana.

2) No existe una conexión inseparable entre derecho y Estado. No necesariamente lo formulan e implementan agencias estatales, especialmente los órganos legislativos. Cuando no hay Estado, hay leyes en todas partes.

3) El derecho no es de ninguna manera sólo un sistema de reglas, sino que está formado por reglas, principios, políticas y otros elementos complejos. El derecho en sí no es de ninguna manera una regla simple.

4) El derecho no es sólo un sistema de normas, sino también un proceso y una causa.

En segundo lugar, derechos y poder

(1) La diferencia entre ellos

①Los objetos del ejercicio son diferentes. Los sujetos que ejercen los derechos son los sujetos generales, mientras que los principales poderes son los organismos estatales y su personal.

②El estatus legal es diferente. Los derechos pueden ser disfrutados únicamente por el acreedor, y en el caso de una relación bilateral con el deudor correspondiente, la condición jurídica de ambas partes es igual. El poder es unidireccional, de arriba hacia abajo y las relaciones bilaterales son desiguales. El sujeto de autoridad no podrá renunciar ni transferir la autoridad que se le haya delegado.

③Las reglas de presunción son diferentes. La regla de presunción de derecho es que “la ley no lo prohíbe expresamente”. Y el poder sólo está limitado por disposiciones expresas, en caso contrario es ultra vires.

④Diferentes funciones sociales. Los derechos generalmente reflejan intereses privados y los poderes generalmente reflejan intereses públicos.

⑤ Diferencias obligatorias. Los derechos y poderes son oponibles unos contra otros. El poder tiene la fuerza coercitiva directa del Estado. Por tanto, la coerción del poder es directa, mientras que la coerción del derecho es indirecta a través del poder.

⑥La relación correspondiente es diferente. Los derechos corresponden a obligaciones. Es un derecho de una persona y una obligación de una persona determinada en relación con él. El poder corresponde a la responsabilidad.

(2)La conexión entre ellos

(1) Derechos y poder están interpenetrados.

(2) Derechos y poder pueden transformarse uno en el otro. Los derechos pueden transformarse en poder.